La Cámara Segunda de lo Penal dejó en firme la resolución en que declaró improcedente la demanda que el Presidente de Arena, Gustavo López Davidson, presentó en contra del Presidente Nayib Bukele, en la que lo acusado por difamación.
Las magistradas otorgaron los cinco días hábiles que establece la ley, luego de ser notificada a la parte acusatoria que presentó la apelación sobre la decisión judicial, en la que se resolvió que la referida instancia no puede ser juez y parte, ya que los abogados del demandante solicitaban que se desaforara al Presidente de la República, para que fuese juzgado como un civil común y corriente.
La ley establece que los desafueros le corresponden a la Asamblea Legislativa promoverlos, luego que un ciudadano lo solicitase. El tiempo que se otorga venció el pasado 8 de enero de 2020, por lo tanto ya no es recurrible.
Según el proceso, Bukele manifestó que López había vendido unas armas de fuego al Estado por medio de su empresa CENTRUM, las cuales, supuestamente, estaban defectuosas. En sus redes sociales, el presidente se expresó al dirigente tricolor como ‘mercader de la muerte’, al vender armas a la Fuerza Armada, a precios sobregirados y bajo permutas irregulares. El caso aún está en investigación en la Fiscalía General de la República.