IIDC afirma que convocatoria de Bukele a la Asamblea no goza de constitucionalidad

El Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional (IIDC) publicó un comunicado en el que explica que el llamado a la Asamblea Legislativa a celebrar una sesión extraordinaria el domingo, por el Consejo de Ministros del Presidente Nayib Bukele, está sujeto a ciertas condiciones habilitantes.

“Debe interpretarse de manera restrictiva”, subraya el documento.

Bukele, haciendo uso del ordinal 7 del artículo 167 de la Constitución de la República, convocó al órgano legislativo a sesionar para aprobar el préstamo de $109 millones para el financiamiento del Plan Control Territorial; en ese sentido, argumentando que la circunstancia extraordinaria amerita la seguridad del país, es de carácter nacional.

Sin embargo esta base no es suficiente para ejercer la facultad constitucional “ya que proveer seguridad es una función fundamental del estado y la seguridad material es un derecho constitucional de todos los salvadoreños”.

La IIDC matiza que la potestad se ejerce sólo con el fin de obtener la aprobación del empréstito.

En contraste, el organismo concuerda que no existen condiciones materiales que justifique la convocatoria, siendo la seguridad una facultad común del estado; Esta, debe usarse de modo excepcional, debidamente motivada “y, sobre todo, ante la concurrencia de reales circunstancias fácticas que acrediten el interés de la República”.

La Asamblea también podría caer en vicios de inconstitucionalidad de atender la convocatoria, y afectaría una eventual aprobación del préstamo, puntualizó el comunicado.