La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió demanda de dos ciudadanos, en la que solicitaban declarar la inconstitucionalidad, “por vicios de contenido”, la petición del Consejo de Ministros, en la que pedían a la Asamblea Legislativa sesionar extraordinariamente por la aprobación del préstamo para la seguridad.
También, la declaración de insurrección emitida en twitter por el Presidente Nayib Bukele, no procede, «porque twitter no es objeto de control constitucional directo”.
Dentro de la demanda, según la instancia constitucional, se emitieron las siguientes medidas cautelares:
- Ordenar al Consejo de Ministros, cesar efectos de la convocatoria girada, así como cualquier otra convocatoria.
- Suspender efectos de cualquier acto o norma que sea consecuencia del acuerdo de convocatoria impugnado, es decir, si se aprobaba el préstamo, quedaría nulo.
La Sala ordenó a Bukele a que se abstenga de hacer uso de la Fuerza Armada en “actividades contrarias a los fines institucionales y poner en riesgo la forma de Gobierno republicano, democrático, y representativo”.
Además, los Magistrados ordenan al Ministro de la Defensa Nacional, Francis Merino Monroy y al Director de la Policía Nacional Civil (PNC), que no ejerzan “funciones o actividades distintas a las que están obligados”.
Por último la Sala de lo Constitucional pidió al Consejo de Ministros un informe de la solicitud, en un plazo no menor de 10 días.
Ciudadanos piden a la Sala de lo Constitucional suspender convocatoria del Consejo de Ministros