El Artículo 3 de la Ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19, aprobado la madrugada de este martes por los Diputados; permitirá a los hospitales, laboratorios y clínicas privadas, realizar pruebas del coronavirus.
La propuesta fue avalada en Comisión Política con la mayoría de los legisladores.
Al respecto de la modificación, el Ministro de Salud, Francisco Alabí consideró que si bien estarán autorizados “deberán aplicar los protocolos que establece la OMS (Organización Mundial de la Salud)”, e hizo hincapié que los establecimientos tienen que aplicar la prueba molecular conocida como PCR.
“Nosotros no queremos dejar a disposición de los laboratorios la realización de pruebas, en el sentido que no son las más adecuadas; por ejemplo, no podemos permitir que se realicen pruebas rápidas porque un paciente que se llega a realizar pruebas rápidas si no tiene sintomatología, si no está en el desarrollo de la enfermedad, no será efectiva”, indicó Alabí.
El ministro advirtió dos casos con esta problemática: “La afectación al bolsillo del salvadoreño porque todos van a querer hacérsela porque es rápida; y dos porque van a tener una falsa expectativa de que no tienen la enfermedad o que tienen un tipo de inmunidad, cuando la realidad es otra”.
El funcionario adelantó que el Ministerio de Salud emitirá una serie de lineamientos a seguir por parte de estos establecimientos para realizar las pruebas. Además, centros médicos privados han solicitado capacitarse para el tratamiento de casos positivos.