Gobierno presenta propuesta de ley con insumos de los decretos de cuarentena, Emergencia Nacional y la normativa de atención integral de salud y retorno laboral de la Asamblea

El Gobierno presentó este día a la Asamblea Legislativa una propuesta de ley que contempla la delcaración de Estado de Emergencia, cuarentena especial y la reactivación económica basada en la ley de atención integral de salud y retorno laboral que emitió el Parlamento el pasado lunes 18 a la medianoche.

El Secretario Privado de la Presidencia, Ernesto Castro, manifestó que esta normativa denominada Ley de Reapertura de la Economía, de Atención Integral a la Vida y la Salud y Declaratoria de Estado de Emergencia en relación a la Pandemia por COVID-19, no contiene más elementos de los que ya se han tratado en los decretos previos y han tomado en cuenta la ley aprobada por la Asamblea quitando algunos aspectos.

Por lo tanto, ésta propuesta contiene tres disposiciones en una.

Además, Castro aclaró que el plazo de la reactivación económica prevista comenzará cuando los diputados la aprueben, por lo que la fecha que había sido dada del 6 de junio podrá variar, pues se solicitan 15 días de cuarentena previo.

La iniciativa fue conocida en el pleno y pasó a la Comisión Política, por lo que el próximo lunes será discutida.

Estas son las tres disposiciones:

Estado de Emergencia

Se declara Estado de Emergencia por la pandemia COVID-19 en todo el país por 15 días desde la vigencia del decreto, en este tiempo El Salvador estará como zona epidémica sujeta a control sanitario, por lo que toda la población deberá permanecer en resguardo domiciliar con las excepciones previstas, como la salida por compra de alimentos o de trabajo en las empresas autorizadas.

El Ministerio de Salud (MINSAL) dirigirá y ejecutará las acciones para la atención de la pandemia.

Se activarán los mecanismos de gestión de asistencia humanitaria internacional para disponer de recursos necesarios en la emergencia, todos los bienes o servicios estarán exentos del pago de aranceles e impuestos a la importación.

La Dirección General de Aduanas registrará los valores y volúmenes de los bienes sujetos a donación, los datos del donante y la institución o entidad receptora del donativo y hacer las cancelaciones correspondientes en el Sistema Aduanero.

El MINSAL administrará los centros de contención einformará dentro de ocho horas, que la persona ha sido trasladada a sus familiares o a la persona que ésta indique, se le debe realizar las pruebas de COVID-19, y exámenes médicos, dentro de las primeras 24 horas siguientes a su ingreso y a saber los resultados de sus exámenes o pruebas, a más tardar dentro de los dos días posteriores a su realización.

El suministro médico deberá garantizarse a los que se encuentren en centros de contención y tengan enfermedades crónicas, el listado de pacientes será entregado a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH).

El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá entregar en cinco días hábiles el plan de repatriación de salvadoreños, los que sean retornados deberán pasar 15 días en cuarentena controlada.

Se suspenderán plazos procesales por 15 días y las clases presenciales hasta que el Ministerio de Educación lo indique. Además se habilitan los documentos como DUI, liciencias de conducir y tarjetas de circulación vencidas.

La inicativa de ley amplía para los efectos de la Ley Transitoria para Diferir el Pago de Facturas de Servicios de Agua, Energía Eléctrica y Telecomunicaciones (Teléfono, Cable e Internet) para las facturas de tales servicios correspondientes al mes de junio, puesto que este beneficio terminaba en mayo.

Cuarentena Especial

Las personas sujetas a cuarentena controlada serán los que provienen del extranjero, los considerados como casos sospechosos y personas definidas como nexos epidemiológicos. La cuarentena domiciliar será para todo el país.

Las autoridades de seguridad pública (PNC y la ayuda de la FAES) que tengan a su cargo el control del cumplimiento de la medida, deberá notificar a la persona infractora de la cuarentena domiciliar sobre su incumplimiento y deberá trasladarse a un establecimiento de evaluaciones médicas bajo protocolos sanitarios.

Las excepciones a estas se mantienen.

Suspende el servicio de transporte colectivo por 15 días, a excepción de la movilización a personal médico; las empresas autorizadas a laborar deberán proveer transporte a empleados.

Las salidas para compra de alimentos y medicina dependerán de un sistema ordenado relativo al último dígito del DUI; medida que no aplica para trabajadores de salud, policías y militares.

Reapertura Económica

La Comisión Nacional de Protección Civil, el Ministerio de Economía y Salud elaborarán un plan de regreso seguro con la asesoría del Instituto Centroamericano de Administración de Empresas INCAE y la Escuela Superior de Economía y Negocios ESEN, por l oque se llamará a representantes de los diversos sectores de la economía y rubros para informar el retorno.

Las medidas a implementar en los lugares de trabajo comprenden, entre otras, la utilización de mascarilla y lavado de manos, el empleador deberá proveer de insumos de protección, se realizarán jornadas de saneamiento por lo menos dos veces al día, se distribuirán horarios de comida para evitar aglomeraciones, cada lugar de trabajo debe tomar temperatura a todo el personal y visitante previo su ingreso.

Dentro de esta propuesta, el plan de reactivación se compone en tres fases y todas cumplirán los siguientes aspectos:

Fase 1

A partir del día 16 de la entrada en vigencia, permanecerán prohibidos las actividades presenciales educativas para todo el sistema, los espectáculos y eventos deportivos públicos, el transporte recreativo y turístico, las ferias, fiestas patronales, espacios cerrados de atención al público de restaurantes y cafetines, solo se permite para llevar o a domicilio; se prohiben las reuniones en iglesias y lugares de culto, salas de recepciones, museos y salas de exposiciones, así como los centros de convenciones, teatros, cines, gimnasios, piscinas, salones de belleza, peluquerías y barberías con la excepción de modalidad por citas; así también los establecimientos de deporte con contacto, casinos, loterías, parques acuáticos, zoológicos, turicentros, bares y discotecas.

Lo que no está contemplado puede dar apertura bajo protocolos detallados.

Fase 2

Los próximos 19 días, se mantienen las prohibiciones anteriores a excepción de la apertura de iglesias y lugares de culto guardando distanciamiento de dos metros, también permite la atención en restaurantes y cafetines de forma precencial.

Fase 3

Por 19 días más, perduran las prohibiciones iniciales a excepción de los restaurantes, gimnasios y salones de belleza. El área del lugar de trabajo deberá ser, como mínimo 1.5 metros cuadrados por persona y se permitirá la apertura de las Iglesias y lugares de culto, Centros de Convención y Salas de Recepciones hasta en un cincuenta por ciento de sus respectivos aforos.

Fase 4

Los siguientes 59 días, no habrá prohibición a excepción de la creación de protocolos sanitarios y el resguardo domiciliar de la población vulnerable. El área del lugar de trabajo deberá ser, como mínimo 1.5 metros cuadrados por persona.

Ningún centro de trabajo o empresa puede ser cerrado, clausurado o suspendido sin haber seguido el debido proceso legal, y por las causas que la ley regula.