Con 71 votos, la Asamblea Legislativa aprobó la suspensión de los plazos procesales y judiciales por 15 días a partir de la su publicación en el Diario Oficial, de acuerdo con la sentencia de la Sala de lo Constitucional; es decir, se habilita el Instituto de Acceso a la Información Pública.
La propuesta inicial provino de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en la que se solicitó la suspensión en todas las materias tanto penal como civil y mercantil, a excepción del término de inquirir y las audiencias en juzgados de paz, así como las relacionadas con violencia intrafamiliar.
Sin embargo, la diputada Yanci Urbina del FMLN señaló que se debía establecer como excepción los plazos administrativos del Tribunal de Ética Gubernamental, el Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor y el Instituto de Acceso a la Información Pública, propuesta que fue respaldada por Rodolfo Parker.
Guillermo Gallegos de GANA y el Presidente del Congreso, Mario Ponce, solicitó que la propuesta fuera votada de la forma original en la que fue recibida por la Corte Suprema; pero esta no logró los votos necesarios.
Posterior a un receso en plenaria por la discusión de dictámenes en la Comisión de Hacienda, Gallegos solicitó reconsiderar la suspensión de los plazos procesales.
Por su parte, René Portillo Cuadra de ARENA propuso que en este decreto se añadiera que esta suspensión se regirá según la sentencia de la Sala de lo Constitucional, en el que los magistrados afirmaron que no era necesario continuar suspendiendo los plazos de la Ley de Acceso a la Información Pública, pues contribuye a la transparencia. El decreto fue aprobado de esta forma.