Aprueban ley de fomento a la donación de plasma convaleciente para pacientes críticos de COVID-19

Con 62 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron la ley permanente de fomento para la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de covid-19, en la que se contemplan sanciones por su comercialización.

Esta ley que fue moción de los diputados de ARENA, David Reyes y Marcela Villatoro, ingresó al pleno legislativo como dispensa de trámite y logró su aprobación este mismo jueves; sin embargo, tendrá vigencia a partir de ocho días luego de su publicación en el Diario Oficial.

Debido a que se ha demostrado que la donación de plasma de recuperados del virus ha tenido un impacto positivo en los pacientes críticos y se ha conocido que se ha intentado vender, los diputados consideraron necesaria una legislación para su regulación.

Por lo tanto, la donación será de forma voluntaria y bajo el principio de gratuidad y de altruismo, por lo que la práctica de este negocio será sancionado con por el Consejo Superior de Salud Pública (CSSP) con 50 a 100 horas de trabajo de utilidad pública obligatorio.

Podrán ser donantes los pacientes recuperado de coronavirus con pruebas de laboratorio que sean mayores de 18 años y menores de 60, deberán tener una segunda prueba negativa, las mujeres podrán donar siempre que no hayan tenido abortos previos o estado embarazadas.

El Ministerio de Salud (MINSAL) será el facultado para realizar la extracción de plasma sanguineo.

Los trabajadores tanto del sector público y privado que realicen la donación podrán gozar de permisos laborales para su ausencia ese día y tendrá derecho a recibir la prestación salarial con normalidad, el documento será acreditado por el MINSAL.

Diputados proponen fomentar la donación de plasma convaleciente para pacientes críticos de COVID-19 y sancionar su comercialización