Inicio de programas del fideicomiso a empresas dependerá de la presentación de fondos por Hacienda, ratificación en Asamblea y canalización en bancos, según BANDESAL

Luego que este jueves la Asamblea Legislativa aprobara la Ley de Creación de Fideicomiso para la Recuperación Económica de las Micro, Pequeñas y Mediana Empresas (MIPYME), el presidente de la institución que que será la encargada de los créditos, del Banco de Desarrollo de El Salvador (BANDESAL), Juan Pablo Durán, aclaró cuáles serán los requisitos para su acceso.

El fideicomiso consta de tres programas: $360 millones para capital de trabajo, $140 millones para subsidio del 50% de planilla y $100 millones para el sector informal.

Durán expuso que el tiempo para que se pueda acceder a estos programas depende de cuándo el Ministerio de Hacienda presente los recursos a la Asamblea Legislativa, estos sean ratificados, que estos sean transferidos a BANDESAL y luego tomará tres días para definir a través de qué bancos será canalizado.

El pasado miércoles, Hacienda emitió $1,000 millones en bonos a una tasa de interés del 9.5%, fondo que está destinado al fideicomiso por $600 millones y $400 millones para deudas con proveedores del Estado.

No vamos a necesitar cola ni fila para hacer llegar la solicitud, bastará bajar la solicitud De nuestro sitio y se notificará el desembolso”, manifestó.

En cuanto al programa del subsidio de planilla, Durán afirmó que se trata del 50% de los salarios de los trabajadores de una empresa por dos meses donde se establecen dos requisitos: que la empresa tenga entre 1 a 99 empleados registrados en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS); así como tener un ingreso o ventas no mayores a $7 millones al año.

Este subsidio no es reembolsable, reiteró el presidente de BANDESAL.

Asimismo, destacó que el máximo monto que se brindará a la empresa es de $22,500 por mes, debido a que se trata de un subsidio de dos meses, es un total de $45,000 que se dirigirá a los trabajadores.

Será el ISSS el que proveerá la base de datos conforme a diciembre de 2019 o las empresas que comenzaron en 2020, sobre la información hasta febrero de este año. La cantidad total de trabajadores aún se está calculando, mencionó Durán.

Si alguien despidió no tiene porqué recurrir a este beneficio para subsidiar a sus trabajadores”, advirtió, pues este programa será solo para las empresas que a pesar que no siguieron operando por las medidas de restricción, mantuvieron a sus trabajadores o solo suspendieron contratos.

Por otra parte, se refirió al crédito de $360 millones que es exclusivamente para capital de trabajo, por lo que no podrá destinarse para proyectos nuevos, sino para normalizar la empresa.

Para este segundo programa, no será necesario observar la planilla en el ISSS, sino que sean MIPYME formales que paguen IVA, renta y que estén registradas en la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE).

Además, en cuanto al crédito para el sector informal, aclaró que se refiere a quienes no están registrados como empresa formal, no hace declaración de renta, para lo que se revisará si tiene créditos en el sistema financiero o con prestamistas.