Este jueves se instalará el juicio sumario contra diputado del FMLN acusado de portar arma de fuego al amenazar a conductor

El diputado suplente del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), Edwin Grijalva, enfrenta este jueves la el juicio sumario por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de arma de fuego en perjuicio de la paz pública, tras un altercado el pasado 20 de febrero.

Grijalva cuenta con libertad irrestricta.

El proceso judicial para esta tipificación del delito es sumario; es decir, permanece en el juzgado de paz donde se realiza la audiencia inicial, se habilita la fase de investigación y un juicio sumario.

El delito por el que se le acusa conlleva una pena de prisión de entre tres a cinco años.

De acuerdo con el requerimiento fiscal, el hecho que le imputan ocurrió el 20 de febrero del año en curso, en horas de la tarde, cuando el incoado conducía su vehículo en una caravana del FMLN, sobre la Avenida Fray Felipe de Jesús Moraga Sur, de Santa Ana, a la altura de la Facultad Multidisciplinaria de Occidente (FMO) de la Universidad de El Salvador (UES), cuando la víctima les hizo sonar tres veces el claxon en señal de desaprobación.

En ese momento, el imputado detuvo la marcha, se bajó del auto y apuntándole con un arma de fuego le dijo que lo iba a matar; y luego se fue, según relató la víctima.

Tras el hecho, el ofendido llamó al 911 de la Policía Nacional Civil (PNC) y el diputado suplente fue capturado; los agentes le pidieron que se bajara del auto y en ese momento llegó la víctima y lo señaló de ser la persona que lo había amenazada con un arma de fuego.

Asimismo, la Fiscalía indica que los policías le dijeron que le harían una requisa personal y fue ahí que le encontraron a la altura de la cintura un arma de fuego tipo pistola, calibre 9 mm., con un cargador y 15 cartuchos para la misma.

Al pedirle la documentación respectiva, dijo que el arma estaba asignada a un agente de la Protección a Personalidad Importantes (PPI) de su seguridad que no se encontraba en ese momento en el lugar.

Respecto al delito de amenazas con agravación especial, la víctima no autorizó el ejercicio de la acción penal y por ello se procedió a realizar el archivo respectivo en sede fiscal por tratarse de un delito de previa instancia particular.