
Por: Redacción YSKL
En el marco del operativo denominado “Ángel Guardián” que desarrolló la Fiscalía General de la República (FGR), en coordinación con la Policía Nacional Civil (PNC), se llevó a cabo la desarticulación de una red la cual se dedicaba al intercambio de pornografía infantil.
Entre los detenidos están los presuntos cabecillas de esta red, Javier Alfredo Iraheta perfilado como el creador y administrador de la red, Miguel Antonio Bernal Pérez, ambos cabecillas de esta estructura.
Pero también fueron detenidos un agente de la policía, un ex militar, un enfermero del Ministerio de Salud y un maestro, según la información en poder de la fiscalía.
#OperaciónÁngelGuardián | El jefe de la sede fiscal en Zaragoza, Henry Gutiérrez catalogó este procedimiento como: “Un hecho sin precedente en la historia reciente de nuestro país”; se golpea al crimen organizado transnacional y se está protegiendo a la niñez salvadoreña. pic.twitter.com/CgXUIq1eYc
— Fiscalía General de la República El Salvador (@FGR_SV) October 1, 2021
#OperaciónÁngelGuardián I Este caso inicia en el 2018, con la captura de un involucrado.
— Fiscalía General de la República El Salvador (@FGR_SV) October 1, 2021
Al ejecutar las pericias tecnológicas de investigación, se descubre el alcance de la estructura.
Se tienen identificados a los 2 cabecillas: Javier Alfredo Iraheta y Miguel Antonio Bernal. pic.twitter.com/XUWJ8nCUkn
El operativo se desarrolló en los departamentos de san salvador, La Libertad, Usulután, San Miguel, Cabañas, La Unión, Sonsonate, Santa Ana, Ahuachapán y La Paz, después del respectivo análisis de equipo informático y teléfonos celulares se determinó que los imputados intercambiaban el material pornográfico de niños, adolescentes y personas con discapacidad a los países de Pakistán, Indonesia, Vietnam, Ghana, Ecuador, México y Guatemala.
Como parte del operativo las autoridades decomisaron 31 teléfonos, 13 micro memorias, siete laptos y 8 (usb).
La adquisición o posesión de material pornográfico de niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad a través de las tecnologías de la comunicación, está previsto en el artículo 30 de la Ley Especial contra de Delitos Informáticos y Conexos.





















