Corte Suprema no entregó informes de selección de nuevos jueces

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Foto: Corte Suprema de Justicia.

Aún no se encuentra la información en versión pública de los 98 jueces que fueron nombrados tras la renuncia de juristas por la entrada en vigencia de la Ley de la Carrera Judicial, considerada como una «depuración de jueces».

El Centro de Asesoría Legal Anti Corrupción en El Salvador solicitó vía unidad de acceso a la información el registro público de dichos funcionarios judiciales, juramentados por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el 26 de septiembre y que tomaron posesión un día después, mismo que debía contener nombres, cargos, designación de tribunales, sede judicial, edad y salario.

La solicitud de información data del 1 de octubre del presente año, que según los plazos establecidos, se entregarían los datos el 14 de octubre; dos días antes del plazo final, la Secretaría General de la Corte pidió ampliar el tiempo «por la complejidad de la información», a lo que el Oficial de Información del Órgano Judicial concedió cinco días más.

El 21 de octubre, ALAC obtuvo la respuesta que «la información aun no se encuentra procesada de la forma que la solicita; es decir, en versión publica».

Entre las razones dadas se enmarca que la Sección de Acuerdos de Funcionarios Judiciales atiende a diario un volumen considerable de solicitudes de las sedes judiciales a nivel nacional para la búsqueda de funcionarios judiciales; además que atiende requerimientos de información de autónomas y gubernamentales, licencias de funcionarios y poseen poco personal.

«Para evitar el neutralizar u obstaculizar el desarrollo normal de las tareas y funciones ordinarias de dicha dependencia, se considera pertinente entregar información solicitada de forma diferida y paulatinamente en la medida que se regule la asistencia de personal», expone la resolución.

ALAC interpuso un recurso de apelación contra dicha decisión ante el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), alegando que no se estableció un plazo específico para dar respuesta, que en la Ley de Procedimientos Administrativos es de 20 días hábiles y de 15 días en la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).

También cuestionan que no se adjunto ningún expediente de los 98 requeridos.