Comisión aún evalúa si catalogar como falta o delito botar basura en la calle

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La Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático de la Asamblea Legislativa aún estudia la propuesta de sanción por botar la basura de forma indebida, aunque manifestaron que en las próximas sesiones se elaborará un proyecto de reforma.

Los diputados ya recibieron a funcionarios para abonar al tema, la Fiscalía General de la República sugirió que la disposición indebida de la basura en los lugares públicos sea catalogada como un delito y no como una falta que sea castigada con multas.

¿En qué consiste la propuesta presentada?

Se trata de una reforma al Código Penal en para añadir el artículo 397-A que provino del diputado Rodrigo Ayala.

“El que disponga indebidamente de la basura, ensuciando, arrojando, abandonando la misma u otros materiales o desechos, en aceras, calles, carreteras, playas, riberas de río o lagos, bosques, parques nacionales o disponga de basura en formas no autorizadas por las leyes medio ambientales, será sancionado con 10 a 30 días multa, la cual podrá ser sustituida por tres a 10 jornadas semanales de trabajo de utilidad pública”, indica la propuesta.

Tendría un agravante si la basura supera las 10 libras, su sanción sería de 50 a 100 días multa.

El Código Penal en el artículo 51 establece que el día multa consiste en una tercera parte del menor salario mínimo diario vigente y como máximo 5 veces dicho salario. Sin embargo, el aporte dependerá de la capacidad de pago del condenado.

Es decir, si el menor salario actual es de $8, el día multa ronda los $2.66 hasta los $40.

La sanción que establece la propuesta entonces sería mínimo desde los $26.60 hasta los $79.80; dependiendo de la consideración del juez de paz.

Si se sanciona con el agravante, sería una multa de entre $133 a $266.