Hasta 15 años de prisión por impedir inscripción de candidaturas y nuevas modalidades de fraude electoral

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Elecciones Presidenciales El Salvador 2019. Foto: YSKL
Elecciones Presidenciales El Salvador 2019. Foto: YSKL

Reformas al Código Penal para incluir nuevas modalidades de fraude electoral fueron aprobadas en la Asamblea Legislativa con las que se establecen de 10 a 15 años de prisión.

La primera modificación es al artículo 295 añadiendo un literal “g”, donde se considerará fraude electoral al que impida u obstaculice la inscripción de candidaturas “cuando estas cumplan con los requisitos establecidos en las leyes de la materia, la elaboración de credenciales, el registro electoral o el libre ejercicio del sufragio en cualquiera de sus modalidades o interfiera en el escrutinio de votos”.

En las reformas que fueron propuestas por Nuevas Ideas, también se establece como delito sancionado con referida pena cuando se ingrese al programa informático utilizado para el ejercicio del sufragio con la finalidad de interrumpir, interferir, obstaculizar o alterar el funcionamiento para ralentizar las plataformas de votación, ya sea con la utilización de solicitudes de ingreso masivas; también a quien use a otras personas con promesas o dádivas para que realice esta conducta.

Además, se denominará como “casos especiales de fraude electoral” el delito de acceder o colaborar para que otro acceda al servidor informático para alterar o modificar su ejecución; si es funcionario o empleado público, la sanción se aumentará hasta una tercera parte de la pena máxima.