Por: Redacción YSKL
El martes, los Diputados de la Asamblea Legislativa avalaron modificar la Ley Transitoria de Compensación Económica por Retiro Voluntario de Servidores Públicos o Pensionados del Órgano Ejecutivo, Entidades Descentralizadas No Empresariales y Entidades Autónomas.
Según el decreto, los cambios facilitarán el acceso al referido beneficio, ampliando su vigencia y flexibilizando las exigencias que se deben de cumplir con la presentación de atestados que respalden la calidad de jubilado o pensionado.
Una de las reformas contempla la facilidad para comprobar la calidad de jubilado o pensionado. En la actualidad, las instituciones públicas acreditan al solicitante a través de sus registros e historial laboral del empleado o funcionario; sin embargo, si la entidad no dispusiera de esa información, se abre la puerta para poder probarlo mediante una declaración jurada.
Otra de las reformas amplía la vigencia del decreto hasta el 1 de enero de 2024. Actualmente, este tiene seis meses de vigencia y caducará el próximo 18 de noviembre.
Una modificación significativa también es que los empleados que presentaron su renuncia, pero no se han hecho efectivas materialmente, puedan solicitar un cambio ante sus empleadores. Dicha modificación consiste en cambiar los términos temporales de su renuncia, para que tengan efecto al momento en el que las disposiciones transitorias pierden efecto.
Esta última modificación permitirá que los servidores públicos que modifiquen su tiempo de renuncia puedan terminar su año laboral y contar con los beneficios de ley como el aguinaldo.



















