
Por Redacción YSKL
Con 69 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó con dispensa de trámites, este miércoles, las disposiciones transitorias para que los docentes interinos sean incorporados en “plazas docentes” con base a la Ley de Salarios, a partir del 1 de enero de 2025.
“Se faculta al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, para que los docentes que, a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, tengan acuerdo de nombramiento como interinos con fecha de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, a partir del 1 de enero de 2025 serán nombrados con plaza por Ley de Salarios”, cita la iniciativa presentada por los diputados de la bancada de Nuevas Ideas.
Las partidas de sueldo base serán consignadas y se harán efectivas en la Ley de Salarios, de acuerdo a la unidad presupuestaria donde se encuentren.
La Dirección de Desarrollo Humano del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología llevará a cabo el procedimiento legal y administrativo correspondiente para garantizar la ejecución del decreto.
Cabe señalar que dichos beneficios no podrán ser otorgados a los maestros que están cubriendo plazas de personal docente según lo establecido en el Artículo 30, numeral 11-B de la Ley de la Carrera Docente.
Así como aquellos que gocen de plazas de docentes suspendidos, inhabilitados, subsidiados o becados; de licencias por enfermedad, maternidad o sin goce de sueldo; y tampoco quienes estén ejerciendo interinamente en cargos de elección popular, de administración superior o en organismos administrativos de la carrera docente.
Otra de las causas que generarán la ilegibilidad para adherirse al decreto será que los docentes interinos hayan sido nombrados bajo el Convenio Marco de Cooperación Administrativa-Financiera entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Iglesia Católica, Apostólica y Romana de El Salvador, a través de la Conferencia Episcopal de El Salvador (CEDES).
El Ministerio de Educación (MINED), a través de las Direcciones Departamentales de Educación y de la Dirección de Desarrollo Humano, estará facultado para investigar irregularidades cometidas durante el proceso de selección realizado los Consejos Directivos Escolares; en caso de determinarse incumplimientos a la Ley de la Carrera Docente, los interesados no serán aptos para aplicar.
Caso similar es el de los educadores que hayan sido procesados y, o condenados por el cometimiento de algún delito, o de haber sido sancionados por el Tribunal de Ética Gubernamental.
Tampoco se podrá incluir, en los casos en que el Consejo Directivo Escolar haya remitido una nota o acta a la Dirección Departamental de Educación correspondiente, en la cual expresan su inconformidad con el desempeño laboral del docente interino; para ello, se deberá entregar la documentación o cualquier otro tipo de información que permita evidenciar las razones.
El decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial y sus efectos caducarán el 31 de enero de 2025, con el nombramiento de los docentes interinos en plaza de Ley de Salarios.


















