Proponen transferir inmueble al FONAVIPO para programas habitacionales para familias de bajos ingresos afectadas por desastres naturales

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Proyecto habitacional en construcción. Imagen de referencia. Foto: Ministerio de Vivienda.
Proyecto habitacional en construcción. Imagen de referencia. Foto: Ministerio de Vivienda.

Por Redacción YSKL

El Ministerio de Obras Públicas (MOP) presentó ante la Asamblea Legislativa una propuesta de normativa con el fin de facilitar a las familias salvadoreñas de ingresos mensuales de hasta seis salarios mínimos del sector comercio y servicios el acceso a créditos y soluciones habitacionales para resolver problemas de vivienda.

Dicha iniciativa fue denominada «Ley Especial para la transferencia de un inmueble a favor del Fondo Nacional de Vivienda Popular y su posterior legalización a favor de personas que sean afectadas por desastres naturales, como inundaciones, incendios, terremotos; así como situaciones de alto riesgo y vulnerabilidad, riesgo social u otros acaecimientos en perjuicio del derecho a la vivienda de familias salvadoreñas».

La propuesta de normativa busca transferir a favor del Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) un inmueble ubicado en la Final de la Calle Los Viveros, Barrio San Jacinto, San Salvador. El inmueble, que tiene un área de 3,339.79 metros cuadrados y está valorado en $300,500, se destinará para su donación a personas afectadas por desastres naturales, situaciones de alto riesgo o vulnerabilidad, así como otros eventos que comprometan el derecho a una vivienda adecuada.

El anteproyecto de ley establece que la transferencia del inmueble se realizará sin necesidad de solvencias tributarias o municipales, y que el Ministerio de Vivienda, en coordinación con FONAVIPO, será responsable de desarrollar programas habitacionales en el terreno. Estos programas definirán los requisitos y condiciones para los beneficiarios y las características de las viviendas a construir.

Asimismo, se establece que el inmueble formará parte del inventario de FONAVIPO y que cualquier valor asignado a las donaciones de las viviendas será calculado proporcionalmente. El Ministerio de Vivienda se encargará del censo de beneficiarios y de la obtención de permisos necesarios para el proyecto.

El Instituto de Legalización de la Propiedad se encargará de la escrituración del inmueble y su inscripción, y la municipalidad competente, junto con otras instituciones, deberá realizar obras de protección y mitigación en áreas vulnerables.

La propuesta también contempla la exención de impuestos, derechos registrales y catastrales para todas las transacciones relacionadas con el inmueble. Además, se prohíbe a los beneficiarios, durante un periodo de veinte años, transferir el inmueble por cualquier motivo que no sea su reasignación a FONAVIPO, y cualquier falsa información proporcionada por los beneficiarios resultará en la pérdida del derecho a adquirir la vivienda.

La normativa entraría en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.