Por Redacción YSKL
Con 57 votos a favor, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron este miércoles la Ley de Creación de la Dirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial (DOT), cuyo objetivo es establecer una nueva institución autónoma, la DOT, con el mandato de otorgar autorizaciones y permisos para lotificaciones, obras, proyectos de urbanización y construcción.
Con la ley se pretende modernizar y agilizar el proceso de concesión de permisos, reduciendo tiempos de espera y simplificando los trámites para el desarrollo de proyectos en el país.
La DOT será responsable de emitir regulaciones, políticas y planes necesarios para su funcionamiento y establecerá políticas nacionales sobre el uso del suelo y el ordenamiento territorial.
El proyecto de ley también establece un sistema detallado para la imposición de sanciones por infracciones a la normativa.
Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves. Las infracciones leves incluyen la falta de información sobre el inicio de obra o la ausencia de una bitácora de obra. Las infracciones graves abarcan el incumplimiento de medidas técnicas establecidas por la DOT, así como la destrucción de bienes urbanos y la obstrucción de inspecciones. Las infracciones muy graves comprenden la construcción sin permisos válidos y la ejecución de obras por personas no registradas.
Las sanciones para infracciones van desde multas de hasta 50 salarios mínimos mensuales para infracciones leves, hasta multas de hasta 1,000 salarios mínimos mensuales para infracciones muy graves.
Además, se pueden imponer sanciones accesorias como la demolición de edificaciones no autorizadas, reparaciones por daños causados, y la suspensión del registro de profesionales responsables.
El funcionamiento financiero de la DOT estará sujeto a auditoría interna y fiscalización por parte de la Corte de Cuentas de la República.
Cabe señalar que la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial de la Asamblea Legislativa efectuó una serie de modificaciones para, según el presidente de la comisión, Salvador Chacón, «darle la importancia necesaria a las alcaldías» y hacerlas parte del desarrollo económico, social y cultural del país, destacando su papel cercano a las comunidades.
Uno de los cambios es la modificación del artículo que regula la conformación del Consejo Directivo de la DOT. Se añadió un nuevo literal que incorpora al Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM) como miembro del Consejo.
El Director Ejecutivo del Centro Nacional de Registros continuará ostentando la presidencia del Consejo.
Otra modificación corresponde a dos nuevos proyectos para los cuales no será aplicable la ley.
La ley prohíbe la creación de nuevos trámites o requisitos adicionales para permisos de construcción y excluye ciertos proyectos, como los ubicados en el Centro Histórico de San Salvador y aquellos desarrollados bajo regímenes especiales antes de septiembre de 2012.
En ese sentido, se incluyen «los proyectos de construcción propiedad del Estado que se encuentran en trámite con el Ministerio de Vivienda». Asimismo, se refiere a «los proyectos de construcción y parcelación que dispongan de antecedentes de trámites en el Ministerio de Vivienda antes de la entrada en funcionamiento de la DOT».
Además, los ingresos por trámites o proyectos serán suscritos como parte de las «Tarifas por Fase, servicios exprés y nuevos servicios» sean destinados en su totalidad a la DOT, mientras que para los proyectos de la sección de «Tarifas para trámites individuales», el 50% se destinaría al Ministerio de Hacienda, que luego asignaría estos fondos a las alcaldías.
Por otro lado, en el artículo relacionado con el Fondo Especial para el Manejo de Compensaciones Urbanísticas y Ambientales, se propuso que el 50% de los ingresos del fondo se transfiera al Ministerio de Hacienda y el restante 50% permanezca en la DOT para el financiamiento de proyectos que mitiguen impactos ambientales y territoriales.



















