Gobierno presenta reformas al Código Penal: Conducción Peligrosa que cause fallecidos o lesiones graves tendrá una pena de hasta 15 años en prisión

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Por: Redacción YSKL

Este martes, el Ministerio de Obras Públicas (MOP) envió a la Asamblea Legislativa, un paquete de reformas a la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, Código Penal y Procesal Penal, con el fin de endurecer las penas por conducción peligrosa.

La primera reforma va encaminada a modificar el Artículo 147-E del Código Penal, con el fin de elevar la pena por Conducción Peligrosa y tipificar nuevas conductas delictivas entorno a este ilícito.

La reforma establecerá que la pena por conducción peligrosa, es decir transgreda normas de seguridad vial poniendo en peligro la vida o integridad física de las personas será sancionado con dos a cinco años.

A continuación se detallan las acciones por las que un agente de tránsito identificará la conducción peligrosa:

  • Disputar la vía entre vehículos
  • Realizar competencias de velocidad en la vía pública, sin previo permiso de autoridad competente
  • Manejar un vehículo dañando propiedad pública
  • Conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas, sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas

«Las pruebas de alcoholemia en aire espirado y en sangre, y en general las toxicológicas para el análisis de fluidos biológicos, que sean efectuadas por la autoridad competente, en los puntos de control vehicular, constituirán prueba suficiente en flagrancia para determinar conducción peligrosa», asevera la nueva reforma.

Por otra parte, si en la conducta por conducción peligrosa se causara un homicidio culposo o lesiones culposas graves, la pena se incrementará a diez años y como máximo quince años de prisión.

También se procederá a la pena de privación de derecho de conducir o de obtención de licencia por el mismo término de la pena impuesta.