Menores procesados por crimen organizado podrían ser trasladados a centros penitenciarios para cumplir sentencias

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Custodios en Centros Penales. Imagen de referencia.
Custodios en Centros Penales. Imagen de referencia.

Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa recibió una pieza de correspondencia proveniente del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, con la cual se busca regular los centros donde se cumplirá la detención provisional o condena impuesta a menores de edad vinculados a «organizaciones criminales».

Con base a la propuesta de reforma a la Ley Penal Juvenil, se incluiría un inciso que establece que «en los casos de menores de edad a los que se imponga medida de detención provisional o pena de prisión por delitos cometidos en modalidad de crimen organizado, se cumplirá dicha privación de libertad en los centros penitenciarios administrados por la Dirección General de Centros Penales».

Esta disposición también contempla la separación en pabellones hasta que los menores alcancen los 18 años.

Además, se establece que los menores actualmente internos por medida cautelar o pena de prisión deberán ser trasladados a los centros penales administrados por la Dirección General de Centros Penales, que determinará su ubicación.

La medida es fundamentada por el ministerio, alegando que «las estadísticas policiales y judiciales indican que muchos menores han asumido un rol activo en organizaciones criminales».

Cabe señalar que, actualmente, la normativa establece que «la medida de internamiento se ejecutará en centros especiales para el menor infractor; los cuales serán diferentes a los destinados para los infractores sujetos a la legislación penal común».

Además, se especifica que «en los centros no se admitirán menores, sin orden previa y escrita de la autoridad competente» y que deben existir separaciones necesarias respecto de la edad y el sexo.

De ser aprobado, el anteproyecto de decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.