Por Redacción YSKL
El Ministerio de Justicia y Seguridad presentó ante la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma que busca que quienes sean sentenciados por cargos de «crimen organizado» no sean aptos para recibir «libertad condicional» ni «libertad condicional anticipada».
La iniciativa tiene como objetivo «regular lo relativo a la autoridad judicial competente para controlar la fase de ejecución de la pena impuesta en el marco de la referida ley».
El anteproyecto de decreto establece en su artículo 3-A que «no se aplicarán los beneficios de la libertad condicional ni la libertad condicional anticipada a las personas condenadas por delitos cometidos en la modalidad de crimen organizado».
Esta medida busca limitar el acceso a beneficios penitenciarios para aquellos involucrados en actividades delictivas organizadas, que han sido identificadas como un grave problema que afecta el desarrollo y la seguridad del país.
Además, la propuesta incorpora un inciso al artículo 3 de la Ley Contra el Crimen Organizado, que establece que «los Tribunales y Cámaras Contra el Crimen Organizado serán los encargados de vigilar y garantizar el estricto cumplimiento de las normas que regulan la ejecución de las penas».
Esto implica que estos tribunales tendrán la responsabilidad de asegurar que las penas impuestas se cumplan de acuerdo con la ley.
La disposición transitoria del decreto señala que los jueces de vigilancia penitenciaria y de ejecución de la pena que actualmente estén conociendo de la fase de ejecución de las penas impuestas continuarán con el control de las mismas hasta su cumplimiento total.
El decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.



















