Por Redacción YSKL
Con 57 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó este jueves reformas a la Ley de Regulación de los Servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas.
La iniciativa, presentada por el Ministerio de Economía, busca garantizar mecanismos de respaldo y recuperación de datos conforme a estándares internacionales.
La principal modificación permite que las agencias de información puedan almacenar y procesar su base de datos en tecnología de computación en la nube o dentro del territorio nacional.
En ambos casos, se establece el acceso irrestricto del Banco Central de Reserva (BCR) y de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) a dicha información.
Además, se delega al Comité de Normas del BCR la elaboración de lineamientos técnicos en materia de ciberseguridad y protección de datos.
La reforma también incluye un cambio al artículo 19 de la normativa, en el cual se aclara que está prohibido utilizar, transferir, compartir o comercializar la información sin el consentimiento expreso del titular, salvo las disposiciones contempladas en el literal reformado del artículo 17.
De acuerdo con el decreto, las nuevas disposiciones entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.



















