Beber en parques o aceras ya es sancionable en San Salvador Centro: ¿cómo funciona el proceso contravencional si te imponen una esquela?

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Por Redacción YSKL

El Consejo Municipal de San Salvador Centro homologó la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana, una normativa que regula el uso de espacios públicos en los cinco distritos del municipio: San Salvador, Mejicanos, Ayutuxtepeque, Cuscatancingo y Ciudad Delgado.

La normativa establece sanciones económicas por conductas que afecten el orden, entre ellas, el consumo de bebidas alcohólicas en lugares no autorizados.

El director del Cuerpo de Agentes Municipales de San Salvador Centro (CAMSSC), Francisco López, explicó que, en adelante, las mismas reglas y sanciones aplican de forma uniforme en todos los distritos que integran el municipio.

Cualquier persona que esté consumiendo bebidas alcohólicas en espacio público se hace acreedora a una esquela. Las multas oscilan entre los $51 y los $900 dólares, dependiendo de los agravantes”, detalló.

Los espacios prohibidos incluyen aceras, calles, parques, miradores y cualquier otro lugar público no autorizado. La municipalidad solo autoriza el consumo en establecimientos con permiso específico para ello.

La multa y el proceso contravencional

Las personas sancionadas tienen 10 días hábiles para cancelar la multa o solicitar una audiencia ante la delegada municipal contravencional, aclaró el funcionario.

En dicha audiencia pueden presentar pruebas de descargo, aunque López señaló que, en la mayoría de casos, los agentes actúan con evidencia como botellas encontradas en el sitio.

Respecto a la reacción frecuente de los infractores, el director del CAMSSC afirmó que “la mayoría de personas argumenta desconocimiento de la ordenanza, pero eso no es causa para desestimar la sanción”.

Añadió que el Cuerpo de Agentes está desarrollando campañas educativas en comunidades, escuelas y universidades para dar a conocer el contenido de la ordenanza.

Consumo permitido en residencias, sin desórdenes

Cabe aclarar que el consumo de alcohol dentro del domicilio o en casa de conocidos no está prohibido, siempre que no se generen riñas, ruidos excesivos o situaciones que alteren la tranquilidad vecinal.

“Donde hay bebida alcohólica, hay problema de desorden y hay problema de ruidos”, señaló, subrayando que los parques fueron diseñados para actividades familiares y deportivas, no para el consumo de alcohol.

Multas por distintas infracciones

La ordenanza contempla un esquema de sanciones económicas por infracciones leves, graves y muy graves, con multas que van desde los $15 hasta los $2,200. Entre ellas destacan:

  • De $15 a $50: por acciones como hacer necesidades fisiológicas en la vía pública o cruzar la calle fuera de zonas peatonales.
  • De $51 a $900: por consumo de alcohol en espacios públicos, deterioro de bienes comunales y propaganda en muros.
  • De $901 a $2,200: por organizar eventos sin permiso, vender licor en lugares no habilitados o inducir a menores a cometer infracciones.

También se incorporan medidas de protección a niños, adolescentes y adultos mayores, con sanciones para quienes los involucren en faltas o actos de maltrato.

Consulta del documento

La Ordenanza para la Convivencia Ciudadana puede consultarse en el Portal de Transparencia de la Alcaldía de San Salvador Centro.

El documento contiene 120 artículos enfocados en promover el respeto mutuo, la seguridad y el adecuado uso de espacios públicos y privados.