Por Redacción YSKL
La Asamblea Legislativa aprobó este jueves, con 57 votos a favor, la propuesta de “Disposiciones especiales para la eliminación del requisito de designación de plazas o espacios para estacionamientos”, presentada por el Ministerio de Vivienda.
La iniciativa busca suprimir la obligación de construir parqueos en proyectos habitacionales o comerciales, dejando la decisión a criterio del desarrollador o inversionista.
Durante la sesión de trabajo de la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial, la ministra de Vivienda, Michelle Sol, explicó que la iniciativa responde al objetivo de “simplificar trámites administrativos y dinamizar la economía”, en particular en el rubro de la construcción, al que considera uno de los principales generadores de empleo e inversión en el país.
Sol señaló que identificaron un sistema normativo “diseñado para que solo unos pocos pudieran construir e invertir”, con exigencias que, en lugar de incentivar, “frenaban la inversión”.
Agregó que, como parte de un proceso de mejora continua, se plantea eliminar la obligación de construir parqueos como condición para aprobar un proyecto.
“No se está diciendo que no van a existir, sino que será opcional. El que quiera construir sin parqueos debe hacerlo en una zona con acceso al transporte público y debe conocer bien a su mercado objetivo”, dijo.
La funcionaria indicó que en casos como viviendas de interés social, el costo de construir parqueos puede incrementar en hasta $10,000 el valor de cada apartamento, lo que podría excluir a familias de bajos ingresos. Afirmó que la medida permitirá ofrecer viviendas más asequibles, especialmente para quienes se movilizan en transporte público.
Además, mencionó los proyectos habitacionales desarrollados en el Centro Histórico de San Salvador, donde algunas cooperativas han construido apartamentos sin parqueos, enfocados en usuarios que no poseen vehículo propio.
La propuesta también se aplicará a inmuebles comerciales, permitiendo que cada desarrollador defina si su proyecto requiere o no espacios de estacionamiento.
“Lo que queremos es que no sea una obligación impuesta por una alcaldía u oficina de planificación, sino una decisión del constructor”, remarcó la ministra.
Simplificación de trámites y eliminación del requisito
El documento establece que las disposiciones eliminarán la obligación de exigir como requisito la designación de espacios para estacionamientos en la obtención de calificaciones, factibilidades, licencias, permisos o autorizaciones para proyectos constructivos o actividades similares.
Sin embargo, se mantendrá la delimitación de espacios para personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas y vehículos de emergencia, «conforme a los principios de inclusión, accesibilidad universal y equidad.»
El anteproyecto también aclara que «ninguna persona natural o jurídica podrá ser objeto de sanciones, multas, clausuras, suspensiones, detención de obra, ni de ningún acto administrativo que limite la operatividad de proyectos o actividades de cualquier naturaleza» por no cumplir con el requisito de estacionamientos.

Aspectos destacados de la propuesta
- Se aplica a instituciones de gobierno, autónomas, municipalidades y oficinas vinculadas a planificación territorial y autorización de proyectos.
- La eliminación del requisito busca agilizar la obtención de permisos y fomentar la inversión.
- En caso de que el proyecto incluya estacionamientos, estos deben cumplir las disposiciones técnicas vigentes.
- Comprende una reducción proporcional del 5% del índice base de impermeabilización en proyectos sin estacionamientos o con espacios insuficientes, según el Esquema Director del Área Metropolitana o normativa local.

Sanciones y procedimientos administrativos
El decreto establece que los funcionarios públicos que exijan indebidamente el requisito de estacionamientos deberán responder conforme a la Ley de Procedimientos Administrativos, sin perjuicio de otras responsabilidades civiles o penales.
Además, el desarrollo del procedimiento sancionatorio se regirá por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 158 de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Marco constitucional y vigencia
El documento recuerda que la Constitución de la República establece la obligación del Estado de fomentar la iniciativa privada y crear condiciones jurídicas y administrativas que permitan el crecimiento ordenado y competitivo del sector productivo.
La iniciativa tendrá carácter especial y obligatorio en todo el territorio nacional, y entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Además, quedarán derogadas todas las disposiciones que se opongan a las normas.




















