Ratificada reforma constitucional para permitir reelección presidencial

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Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa de ratificó este jueves, con dispensa de trámite, reformas constitucionales que modifican cinco artículos de la Carta Magna para permitir la reelección presidencial indefinida, ampliar la duración del mandato presidencial de cinco a seis años y eliminar la segunda vuelta electoral.

La solicitud fue presentada por el legislador de Nuevas Ideas, Christian Guevara, quien citó las constancias de publicación en el Diario Oficial de los acuerdos previos aprobados.

“Demostrado las constancias de publicación del Diario Oficial, esto me faculta para solicitar que dichos acuerdos de reformas constitucionales se conozcan en esta plenaria y se aprueben con dispensa de trámite”, expuso.

La iniciativa había sido presentada horas antes por la diputada Ana Figueroa, también de Nuevas Ideas, quien expresó que el objetivo es otorgar “el poder absoluto de decidir” a los votantes, incluyendo sobre la reelección presidencial.

Según argumentó, el nuevo diseño constitucional busca “mayor estabilidad política, jurídica y económica”.

Modificaciones ratificadas

Las reformas afectan los artículos 75, 80, 152, 154 de la Constitución y agregan una disposición transitoria que modifica el actual período presidencial.

El decreto fue ratificado con base en el artículo 248 de la Constitución, según lo consignado en el Diario Oficial del 31 de julio de 2025.

Artículo 75 – Derechos ciudadanos:
Se elimina la causal que impedía la promoción o apoyo a la reelección presidencial como motivo para perder los derechos de ciudadanía. Permanecen otras causales como conducta notoriamente viciada, condenas penales, compra o venta de votos y coacción al sufragio.

Artículo 80 – Elección presidencial:
Se elimina la segunda vuelta electoral. Ahora será electo presidente el candidato con mayor número de votos válidos en una sola elección, adoptando el sistema de mayoría simple.

Artículo 152 – Impedimentos para la candidatura presidencial:
La reforma elimina la prohibición de reelección inmediata al presidente en funciones. Se mantienen otras inhabilidades por parentesco, cargos públicos recientes y vínculos con la Fuerza Armada, entre otros.

Artículo 154 – Duración del mandato presidencial:
Se amplía de cinco a seis años el período presidencial. Se especifica que el primer día del nuevo mandato no será considerado una extensión del período anterior en caso de reelección.

Disposición transitoria:
El período presidencial iniciado el 1 de junio de 2024 concluirá el 1 de junio de 2027. Se establece que ese año deberán realizarse elecciones para presidente y vicepresidente, diputados y concejos municipales, con el objetivo de unificar los procesos electorales.

Justificación del oficialismo

El documento que respalda las reformas argumenta que la Constitución debe responder a “las condiciones sociales y políticas vigentes” y reflejar la voluntad popular actual.

También señala que la sincronización de elecciones reducirá costos, evitará campañas electorales prolongadas y facilitará la evaluación del desempeño de las autoridades.

Reacciones de la oposición

Los partidos ARENA y VAMOS votaron en contra de la ratificación.

La diputada del partido tricolor, Marcela Villatoro, afirmó que la aprobación se realizó “sin consultas y de forma burda”.

A su juicio, se trata de una violación al principio de alternancia en el poder, aseverando que “han cambiado la Constitución por dispensa de trámite en una tarde”, señaló.

Por su parte, Claudia Ortiz, de la fracción legislativa de VAMOS, sostuvo que las reformas no buscan dar poder al pueblo sino “retenerlo”. Afirmó que el objetivo es “perpetuar a un pequeño grupo en el poder” y llamó a la ciudadanía a mantenerse vigilante.

Entrada en vigencia

El decreto establece que las reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.