Por Redacción YSKL
La reforma al reglamento interno del Órgano Ejecutivo, publicada en el Diario Oficial del 29 de julio, incorpora el Capítulo XIV que establece la creación de la Secretaría de Valores, a cargo de un secretario nombrado por el Presidente de la República.
Según el documento, esta instancia será “la autoridad en materia de consejería ética, moral o espiritual de la Presidencia de la República”.
El texto detalla que la Secretaría tendrá la función de asesorar a las instituciones de la Administración Pública en temas de integridad y fomentar una cultura institucional “basada en el sentido ético del servicio público”, mediante programas de formación en principios y virtudes aplicados a la gestión pública.
Funciones destacadas de la Secretaría de Valores
- Asistir y colaborar con distintas religiones, expresiones de fe y filosofías de vida para fortalecer valores y comportamiento ético.
- Brindar apoyo personalizado a denominaciones religiosas o expresiones de fe a través de programas de becas, insumos materiales y proyectos de interés social.
- Impulsar iniciativas que contribuyan al desarrollo integral del ser humano en su dimensión espiritual y existencial.
- Incentivar la preservación del patrimonio espiritual y simbólico de las tradiciones del país.
- Suscribir convenios con entidades públicas, privadas, municipales, religiosas, nacionales o extranjeras para el cumplimiento de sus atribuciones.
- Promover eventos como congresos, conferencias y conversatorios sobre ética, espiritualidad y liderazgo moral.
El decreto también habilita la creación de dependencias a nivel nacional para ejecutar sus atribuciones, con la autorización presidencial, y otorga la capacidad de disponer de presupuesto y personal necesarios para su funcionamiento.
Además, se establece que cuando en disposiciones legales o reglamentarias se haga referencia al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, se entenderá como Ministerio de Seguridad Pública y Justicia, y que los contratos y obligaciones previos mantendrán su validez bajo la nueva denominación.
El documento señala que la normativa entró en vigor el mismo 29 de julio, día de su publicación en el Diario Oficial.



















