Por Redacción YSKL
El Ministerio de Justicia y Seguridad Pública presentó ante la Asamblea Legislativa una propuesta de reformas a la Ley Contra el Crimen Organizado, con el fin de modificar procedimientos y definiciones aplicadas en el procesamiento judicial de estructuras criminales.
Entre los cambios solicitados, la propuesta redefine el objetivo de la normativa, estableciendo que busca determinar el procesamiento de organizaciones criminales o terroristas, nacionales o extranjeras, que actúen como “estructuras jerárquicas y permanentes dedicadas a la comisión sistemática y monopólica de delitos” o que “usurpan funciones del Estado”.
Cambios en los procedimientos judiciales
Las reformas plantean que, en casos con menores de edad, los jueces especializados de menores actuarán únicamente como jueces de garantía, supervisando el respeto a los derechos de los menores, sin participar en el juzgamiento.

También se introduce un nuevo artículo que permitiría continuar los procesos contra imputados no localizados o que se encuentren fuera del país, habilitando a la Fiscalía para solicitar detención provisional y proseguir el caso sin su presencia.

Aspectos destacables de la propuesta
- Redefinición del objetivo de la ley, incorporando la noción de estructuras criminales jerárquicas y permanentes.
- Limitación del rol de jueces de menores a funciones de garantía.
- Inclusión de un artículo que permite procesar imputados ausentes.
- Creación de la figura de “acusación parcial” para avanzar contra imputados con pruebas suficientes.
- Establecimiento de un modelo de “audiencia abierta” que puede mantenerse activa hasta juzgar a todos los miembros de una estructura.
Audiencias y acusaciones
Otro cambio contempla que, si los imputados están detenidos administrativamente, el fiscal solicitará que el caso se asigne a una causa común por la estructura a la que pertenezcan, pudiendo presentar una acusación parcial contra quienes ya cuente con pruebas.
La Fiscalía dispondrá de un máximo de 24 meses para presentar la acusación completa.

En cuanto al desarrollo de los juicios, se introduce la figura de la “Audiencia Única Abierta”, que podrá permanecer activa mientras existan miembros de la estructura sin juzgar y permitir la incorporación de nuevos imputados conforme se obtengan elementos probatorios. Si en dos años no hay nuevos procesados o pruebas, el juez podrá cerrarla previa consulta al fiscal.
Disposiciones transitorias y vigencia
En el apartado transitorio, se establece que al finalizar el plazo de un Decreto Legislativo de 2023, el juez deberá asignar un número único de causa contra cada estructura criminal y sus miembros.
Toda la prueba recabada durante el periodo transicional deberá incorporarse en la acusación.
De ser aprobadas, las reformas entrarían en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.




















