MINSAL propone que Consejo Superior de Salud autorice y supervise establecimientos privados

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Foto: Cortesía/EDH.

Por Redacción YSKL

El Ministerio de Salud (MINSAL) presentó ante la Asamblea Legislativa una iniciativa de reforma al Código de Salud para que el Consejo Superior de Salud Pública sea el encargado de autorizar la apertura y funcionamiento de los establecimientos privados, así como de realizar su vigilancia periódica.

Según el documento, el cierre por infracciones sería competencia exclusiva del Consejo.

“El Consejo Superior de Salud Pública procederá a su cierre, temporal o definitivo, por infracciones a este código o sus reglamentos”, indica el anteproyecto.

Cambios principales en la ley

Entre las modificaciones propuestas, se destaca la sustitución del nombre de la ley por Ley del Consejo Superior de Salud Pública y de las Juntas de Vigilancia de las Profesiones de Salud.

También se derogaría el literal e) del artículo 10, que actualmente otorgaba a las Juntas de Vigilancia la facultad de supervisar directamente los establecimientos privados.

El artículo 11, que regula las atribuciones del Consejo, se modificaría para que sea este organismo quien autorice la apertura de los servicios y establecimientos de salud privados y realice su vigilancia periódica, mientras que las Juntas de Vigilancia se mantendrían en funciones de control de profesionales y asesoría técnica.

“Para lo cual establecerá los requerimientos técnico-administrativos que dictarán los requisitos sanitarios a cumplir para su autorización y durante la vigencia de la misma”, detalla el anteproyecto respecto a la función del Consejo.

Objetivo de la reforma

El MINSAL explicó que la iniciativa busca agilizar los procedimientos y trámites relacionados con la apertura y funcionamiento de droguerías, laboratorios, clínicas y otros establecimientos de salud del sector privado.

Además, la propuesta habilitaría legalmente la vigilancia de la profesión de Trabajo Social cuando se ejerza en el Sistema Nacional Integrado de Salud.

En el documento presentado a la Asamblea, el ministerio señala que “se han identificado aspectos de procedimiento y trámites ante el Consejo Superior de Salud Pública, que pueden ser más expeditos, por lo que surge la necesidad de actualizar el marco jurídico aplicable al funcionamiento de servicios y establecimientos de salud del sector privado”.

Procedimiento legislativo

El anteproyecto de decreto será remitido a la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente de la Asamblea Legislativa para su estudio y análisis.

De aprobarse, entraría en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.