Por: Redacción YSKL. –
El Tribunal de Sentencia de San Vicente emitió este miércoles un fallo absolutorio a favor de ocho excombatientes de la facción de la Resistencia Nacional de la extinta guerrilla del FMLN, procesados por la Fiscalía General de la República (FGR) en el denominado caso “Santa Marta”. Los señalados enfrentaban cargos por la presunta privación de libertad y asesinato de una mujer durante el conflicto armado interno.
La defensa de los imputados explicó que la resolución se sustentó en la insuficiencia probatoria presentada por la parte fiscal y en las contradicciones del testigo con régimen de protección identificado con clave «Soriano».
“Hoy ha triunfado la justicia, ha triunfado la legalidad y hemos ganado por segunda vez este juicio. Lo que queda claro es que los imputados son inocentes, que siempre hemos tenido razón de que las pruebas eran insuficientes”, manifestó el abogado defensor, Pedro Cruz.
Los jueces del tribunal resolvieron por unanimidad la absolución de los ocho procesados en los delitos de privación de libertad y asociaciones ilícitas. En el caso del asesinato, el fallo fue emitido de forma mixta, debido a que dos jueces coincidieron en que había dudas razonables sobre la participación directa de los acusados, mientras que uno consideró que la prueba de cargo era suficiente.
“Es una sentencia unánime con relación a cuatro procesados y por mayoría con relación a otros cuatro. Ese fue el asunto. Y con relación al delito de asociaciones ilícitas y privación de libertad es unánime”, explicó Cruz.
Uno de los jueces que votó a favor de la absolución señaló que la declaración de «Soriano» tuvo inconsistencias con los testimonios de familiares de la víctima, especialmente respecto al lugar y la fecha en que supuestamente ocurrió el crimen. También señaló que otros documentos presentados no permitían establecer los hechos con certeza.
“Hay contradicciones insalvables del testigo, con documentos, con otros datos del proceso y creo que eso es lo que prevaleció”, agregó el abogado defensor.
Razonamiento del voto en contra por el delito de asesinato
No obstante, el juez que emitió voto disidente razonó su decisión de no absolver a Teodoro Antonio Pacheco, Miguel Ángel Gámez, Pedro Antonio Rivas Laínez y Arturo Serrano Asencio del delito de asesinato. En su opinión, la prueba de descargo no logró desvirtuar la acusación fiscal, ya que los testigos de la defensa no pudieron precisar aspectos clave como la ubicación de los acusados en el periodo señalado ni la estructura de mando de la Resistencia Nacional. Consideró que el testimonio de «Soriano», junto con las declaraciones de los hijos de la víctima, ofrecía mayor certeza, al identificar a Pacheco como quien habría autorizado la orden de asesinato, y a Rivas Laínez, Gámez y Serrano como ejecutores o cómplices. Según este juez, la credibilidad de los testigos de cargo se mantenía firme, pues no existía un móvil espurio para declarar.
Absueltos por segunda vez
Pedro Cruz expresó su satisfacción por el fallo: “Completamente satisfecho con la resolución, felicitamos mucho a los procesados con quienes somos solidarios de todo este calvario que han pasado estos años injustamente, detenidos en buen tiempo, procesados. También felicitar al equipo de defensores, que ha hecho un trabajo encomiable tratando siempre de desbaratar las pruebas acusatorias y de establecer la verdad con base en la ley”.
Esta es la segunda vez que los excombatientes enfrentan un proceso judicial por los mismos señalamientos, luego de que en octubre de 2024 el Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque los declarara inocentes. La defensa expresó su expectativa de que la representación fiscal no interponga recurso de apelación contra la más reciente decisión judicial.