Aprueban reformas al Código de Salud para incluir vigilancia de la Licenciatura en Trabajo Social en el sistema público

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Imagen de referencia. Foto: Cortesía.

Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles una iniciativa del Ministerio de Salud (MINSAL) para reformar el Código de Salud y habilitar legalmente la vigilancia de la profesión de Trabajo Social cuando esta se ejerza en el Sistema Nacional Integrado de Salud.

Elías Quinteros, presidente del Consejo Superior de Salud Pública, explicó ante la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente del órgano legislativo que varios artículos del Código de Salud y de la Ley del Consejo Superior de Salud Pública están desfasados respecto a normativas recientes.

“El artículo 14 literal D del Código de Salud, al igual que los artículos 10 y 11 de la Ley del Consejo Superior de Salud Pública (…) se encuentran desfasados con la entrada en vigencia de algunas normativas, como la Ley de Medicamentos de 2012 y la Ley de la Superintendencia de Regulación Sanitaria del año pasado”, indicó.

Incorporación de la Licenciatura en Trabajo Social

El documento incorpora la Licenciatura en Trabajo Social dentro del ámbito de actividades técnicas y auxiliares de la profesión médica, únicamente cuando se ejerza en el Sistema Nacional Integrado de Salud.

Según el Consejo, antes de la reforma de 2017, los trabajadores sociales contaban con avales y respaldo legal, pero actualmente algunas de sus gestiones carecen de validez formal, a diferencia de enfermeras, médicos u odontólogos.

Quinteros agregó que la regulación permitirá garantizar que los profesionales de Trabajo Social cumplan con los requisitos legales y técnicos para ejercer dentro del sistema sanitario.

“En el ámbito sanitario debemos garantizar que se cumplan las reglas, que se haga el trabajo como corresponde y que las personas tengan ese acompañamiento legal para ejercer el trabajo social como lo fue por muchos años”, señaló.

Cambios propuestos en el Código de Salud

  • Artículo 14: Sustitución de los literales “d” y “v” para ampliar las facultades del Consejo en la autorización, vigilancia y cierre de establecimientos de salud, así como en traslados y modificaciones posteriores a su registro.
  • Artículo 17: Derogación del literal “e”, que obligaba a las Juntas de Vigilancia a rendir informes sobre diligencias vinculadas al artículo 14.
  • Artículo 24: Adición del literal “ñ” para incluir la Licenciatura en Trabajo Social como actividad técnica y auxiliar de la profesión médica, únicamente dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud.

Fundamentación de la reforma

El proyecto de decreto detalla que los procedimientos actuales pueden ser más expeditos y que la actualización legal es necesaria para adaptarse a las necesidades de la población y a las dinámicas sociales.

La iniciativa busca que la vigilancia de la profesión de Trabajo Social se realice formalmente, asegurando que los profesionales estén debidamente registrados y avalados dentro del sistema de salud.

Las reformas al Código de Salud entrarán en vigor ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.