Hacienda propone régimen especial de 60 días para que contribuyentes regularicen obligaciones tributarias, aduaneras y de tránsito

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Por Redacción YSKL

El Ministerio de Hacienda presentó ante la Asamblea Legislativa una iniciativa de “Ley Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias, Aduaneras, de Tránsito y Otras Multas”, la cual será estudiada por la Comisión de Hacienda.

Según el documento, se busca atender a «un segmento de sujetos pasivos, quienes por diversas circunstancias se encuentran en procesos pendientes de resolver en materia tributaria».

Plazo y condiciones

El proyecto establece que los contribuyentes tendrán 60 días calendario a partir de la entrada en vigencia del decreto para regularizar su situación.

Durante este tiempo podrán realizar pagos pendientes de impuestos administrados por la Dirección General de Impuestos Internos y la Dirección General de Aduanas, así como resolver multas de tránsito y otras sanciones impuestas por instituciones de la Administración Pública, con excepción de las municipalidades.

El beneficio consiste en la exoneración de intereses, recargos y multas para quienes efectúen los pagos o presenten las declaraciones pendientes en el plazo establecido.

Procesos que podrán acogerse

La iniciativa incluye a quienes tengan casos abiertos en instancias administrativas, el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas, la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la Sala de lo Constitucional y la Fiscalía General de la República, siempre que aún no exista sentencia definitiva.

Situaciones específicas contempladas

  • Contribuyentes que no pagaron el Impuesto sobre la Renta pese a haber emitido mandamiento de pago con Número de Pago Electrónico vencido.
  • Sujetos pasivos que hayan declarado saldos a favor mayores a los que correspondían legalmente.
  • Deudores de multas de tránsito, incluso quienes incumplieron compromisos de pago a plazos.
  • Casos remitidos a la Fiscalía por presunta defraudación al fisco que aún no cuentan con sentencia definitiva.

Modalidades de pago

El decreto también habilita la posibilidad de suscribir planes de pago hasta por nueve cuotas mensuales, iniciando con el 10% de la deuda. La Dirección General de Tesorería será responsable de emitir las resoluciones correspondientes.

Los pagos podrán realizarse en efectivo, con cheques certificados, tarjetas de crédito o débito y mediante Notas de Crédito del Tesoro Público.

Informe y vigencia

El Ministerio de Hacienda deberá presentar un informe a la Comisión de Hacienda al término de la vigencia del decreto, detallando los resultados y la recaudación obtenida.

De acuerdo con la propuesta, la ley caducará 60 días después de su entrada en vigencia, contados desde su publicación en el Diario Oficial.

Antecedentes

El documento señala que en septiembre de 2024 se emitió un Decreto Legislativo que otorgó beneficios similares a los contribuyentes.

Dicha normativa permitió que varios sujetos solventaran sus deudas y al mismo tiempo aumentó la recaudación fiscal.

Sin embargo, según el Ministerio de Hacienda, todavía existen contribuyentes con procesos pendientes, lo que motivó la presentación de esta nueva propuesta de carácter transitorio.