Aprueban ley para reinyección de energía renovable a la red

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Imagen de referencia. Foto: Cortesía.

Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa aprobó la “Ley de Fomento para el Uso de Energía Renovable”, con el objetivo de promover la instalación de sistemas de generación de energía limpia y su integración a la red eléctrica nacional.

Durante la sesión de la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea, Daniel Álvarez, presidente de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), explicó que la ley busca incentivar el autoconsumo residencial e industrial y facilitar la reinyección de excedentes a la red.

“Incluye incentivos para sistemas de almacenamiento de esa energía que permitirá a los usuarios utilizar durante mayor tiempo la energía generada por los paneles, así como también reconoce el derecho de los usuarios a inyectar esta energía en la red y que sea debidamente pagada”, detalló Álvarez.

El funcionario agregó que los beneficios fiscales se aplicarán tanto a proveedores como a usuarios finales, incluyendo exención del impuesto sobre la renta, IVA e impuestos a la importación para la adquisición, instalación y mantenimiento de los equipos de generación renovable.

Regulación del excedente energético

Durante la discusión de la iniciativa, Álvarez recomendó modificar el artículo 6 para clarificar el tratamiento del excedente de energía.

“Si nosotros nuestra vivienda consume 100 kW/h y tenemos un sistema que produce más de eso, eso se entiende por excedente. Este excedente será regulado en un reglamento especial por SIGET, que definirá los parámetros técnicos y financieros para su reconocimiento en la tarifa”, explicó.

La presidenta de la Comisión, Dania González, confirmó la modificación.

“La SIGET regulará en un reglamento especial los requisitos y procedimientos que deberán cumplir tanto los proveedores como los usuarios finales (…) y establecerá la tarifa por medio de la cual la distribuidora deberá reconocer los excedentes de energía eléctrica inyectados a la red”, citó la legisladora.

Incentivos y supervisión

El proyecto establece que los proveedores con Acuerdo de Calificación de SIGET podrán acceder a:

  • Exención total del Impuesto sobre la Renta de ingresos por actividades incentivadas.
  • Exención de retenciones del Impuesto sobre la Renta vinculadas a estas actividades.
  • Exención de IVA en transferencias de bienes y servicios relacionados.
  • Exención de impuestos a la importación de maquinaria, equipos y materiales.

Por su parte, los usuarios finales tendrán derecho a:

  • Exención del IVA en la compra, instalación y mantenimiento de sistemas adquiridos a proveedores calificados.
  • Deducción del gasto en renta gravable del ejercicio fiscal correspondiente.

Autoridades competentes y vigencia

La Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) será responsable de la emisión del reglamento, verificación técnica de instalaciones y establecimiento de pliegos tarifarios.

La Defensoría del Consumidor supervisará que los beneficios fiscales se reflejen en los precios al usuario final, mientras que el Ministerio de Hacienda controlará su correcta aplicación.

La SIGET tendrá 60 días para emitir el reglamento especial tras la entrada en vigor de la ley, y los incentivos fiscales estarán vigentes por 10 años.

La propuesta tendrá carácter especial y entrará en vigor ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.