Por Redacción YSKL
La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, con dispensa de trámite, un decreto que exime del pago de impuestos a las entidades encargadas de implementar el “Proyecto para el Suministro de Productos Agrícolas y Asistencia Técnica y Financiera”, a través del Programa Internacional de Alimentación McGovern-Dole para la Educación y la Nutrición Infantil, denominado “Alimenta y Florece”.
El decreto establece que quedan exoneradas del pago de impuestos, incluidos el IVA, los derechos arancelarios a la importación (DAI), tarifas portuarias, costos de bodegaje y manejo sobre la importación, a las personas naturales o jurídicas designadas por el Gobierno de Estados Unidos, así como sus sucursales registradas en El Salvador, que sean ejecutantes, receptores o implementadores principales del proyecto.
Alcance del proyecto y productos exonerados
El convenio busca fortalecer y expandir el programa de alimentación escolar del Gobierno de El Salvador, proporcionando comidas escolares nutritivas diarias a estudiantes de 401 centros educativos en los municipios de Morazán Norte, Morazán Sur y San Miguel Norte.
Los productos incluidos en la exoneración son:
- Aceite vegetal: 310 toneladas métricas
- Harina de maíz fortificada con soya: 1,750 toneladas métricas
- Frijoles pinto: 550 toneladas métricas
- Arroz fortificado, 5/20 grano largo, bien pulido: 1,930 toneladas métricas
Supervisión y control
El decreto faculta al Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos y la Dirección General de Aduanas, a supervisar las declaraciones tributarias y aduaneras relacionadas con el uso de estos beneficios.
Las entidades ejecutoras deberán llevar un registro completo del uso de los incentivos fiscales, y cualquier incumplimiento implicará el pago de los tributos correspondientes y la imposición de una multa equivalente al monto del impuesto exonerado.
Además, el Ministerio de Hacienda podrá emitir resoluciones o actuaciones administrativas para aclarar consultas o aspectos de aplicación del decreto.
El decreto entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

















