Diputados aprueban reformar Ley del Instituto de Veteranos: Atención incluirá adultos mayores y personas con discapacidad; y da por cerrado el registro de veteranos

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Foto: Cortesía.
Foto: Cortesía.

Por: Redacción YSKL

Este martes, la Asamblea Legislativa aprobó reformar la Ley Especial para Regular los Beneficios y Prestaciones Sociales de los Veteranos Militares de la Fuerza Armada y Excombatientes del FMLN, que participaron en el conflicto armado interno entre 1980 y 1992.

La propuesta amplía el alcance de la normativa, incluyendo en su objeto a las personas adultas mayores y personas con discapacidad como beneficiarios de los programas sociales y económicos regulados por la ley.

El artículo que sería reformado señala que la ley busca “establecer un régimen jurídico que permita cumplir lo establecido en los Acuerdos de Paz” y “regular los beneficios y prestaciones de las personas adultas mayores y las personas con discapacidad”.

Entre los principales cambios, se propone modificar el artículo 5 para que las pensiones otorgadas a cónyuges o convivientes sobrevivientes, padres o madres de beneficiarios sean vitalicias, eliminando restricciones de edad.

Además, se establece que otras personas designadas podrán recibir el beneficio por un período de diez años.

También se incorpora la obligación de comprobar la sobrevivencia periódicamente para mantener el derecho al pago, y se establece que quienes sean inhabilitados podrán regularizar su situación “en cualquier momento”, con el reconocimiento retroactivo de las cuotas, dependiendo del ejercicio fiscal.

El Instituto Nacional de Atención a Veteranos y Excombatientes (INABVE) deberá realizar “el análisis de los montos de pensión cobrados indebidamente, con el objeto de efectuar las recuperaciones parciales o totales de los mismos”.

Nuevas disposiciones sobre atención médica y becas educativas

Las reformas incluyen la creación de un nuevo artículo 7-A que regula las condiciones para mantener becas o incentivos económicos en educación superior.

Los beneficiarios deberán mantener un promedio igual o superior a 7, asistir a las convocatorias del Instituto y cumplir con la normativa interna.

Asimismo, se amplía el acceso a programas de salud, estableciendo que los beneficiarios podrán recibir atención médica preferencial en la red pública, con personal especializado en atención integral, preventiva y curativa.

Otras modificaciones contempladas en la propuesta:

  • Se habilita al INABVE para adquirir bienes inmuebles y establecer centros de salud, hospitales y centros de atención para personas adultas mayores o con discapacidad.
  • Se actualiza la conformación de la Junta Directiva, incorporando representantes de asociaciones de personas con discapacidad y de adultos mayores.
  • Se crean nuevos comités especializados, como el Comité de Vigilancia de la Persona con Discapacidad y el Comité de Protección de la Persona Adulta Mayor, encargados de la supervisión, autorización y control de centros de atención.
  • Se establecen mecanismos de apelación mediante una Comisión Especial de Apelaciones, que resolverá recursos administrativos.

Funciones ampliadas y atribuciones especiales

La reforma crea dos nuevos artículos, 14-A y 14-B, que otorgan atribuciones específicas a la Junta Directiva del Instituto.

En materia de discapacidad, se incluye la formulación de una Política Nacional de Inclusión y la creación de un sistema de seguimiento interinstitucional.

En cuanto a las personas adultas mayores, se establece la elaboración y ejecución de una Política Nacional de la Persona Adulta Mayor, con programas de atención geronto-geriátrica, asistencia y protección ante situaciones de violencia o abandono.

Disposiciones transitorias y cierre del registro

La propuesta incluye un artículo transitorio que establece el cierre del Registro de Veteranos y Excombatientes del Instituto, impidiendo nuevas inscripciones tras la entrada en vigencia del decreto. Solo se permitirán las solicitudes que ya se encuentren en trámite.