Por Redacción YSKL
La Asamblea Legislativa ratificó este martes la reforma al inciso cuarto del artículo 172 de la Constitución de la República, con la que se elimina la asignación mínima constitucional del seis por ciento de los ingresos corrientes del presupuesto del Estado para el Órgano Judicial y se sustituye por un esquema basado en las “necesidades razonables” de esa institución.
La modificación fue aprobada con dispensa de trámite y ratificada el mismo día en una segunda sesión plenaria, conforme al procedimiento establecido en el artículo 248 de la Constitución.
Con 57 votos a favor, el pleno avaló el acuerdo de reforma impulsado por diputados del grupo parlamentario de Nuevas Ideas, con respaldo del Partido de Concertación Nacional (PCN) y el Partido Demócrata Cristiano (PDC).
Cambio en el texto constitucional
Antes de la reforma, el artículo 172 establecía que el Órgano Judicial debía disponer anualmente de una asignación “no inferior al seis por ciento” de los ingresos corrientes del presupuesto del Estado.
Con el cambio aprobado, se decreta que el Órgano Judicial “dispondrá anualmente, según las necesidades razonables que dicha institución presente, de una asignación de los ingresos corrientes del presupuesto del Estado”.
El acuerdo de reforma argumenta que el principio de equilibrio presupuestario permite a la Asamblea Legislativa determinar la distribución de recursos “según las exigencias que cada institución presente” y de acuerdo con la importancia de áreas como salud, seguridad pública y educación.
El proceso se desarrolló conforme a lo establecido en la Constitución, que permite dos vías para reformarla. En este caso, la Asamblea actual aprobó y ratificó la modificación con el voto de las tres cuartas partes de los diputados electos, en una misma legislatura.
Argumentos de la iniciativa oficialista
La diputada de Nuevas Ideas, Alexia Rivas, proponente de la reforma, sostuvo que la medida busca homologar el tratamiento presupuestario del Órgano Judicial con el del resto de instituciones del Estado.
Afirmó que la Constitución “no debe entenderse como un texto inmutable” y que el país requiere “prudencia fiscal” y eficiencia en el gasto público.
También señaló que la reforma “no plantea ni un aumento ni una disminución automática” del presupuesto judicial, sino que elimina el porcentaje fijo para que la asignación se determine cada año dentro del proceso presupuestario.
“Lo único que se está haciendo es dejar a este órgano de Estado, así como todos los demás, sin un porcentaje constitucional”, indicó.
Tras la aprobación, la legisladora agregó que el principio de equilibrio presupuestario “no es rígido” y que las asignaciones deben evaluarse en función de si contribuyen al cumplimiento de los fines del Estado.
Cuestionamientos desde la oposición
Grupos parlamentarios de oposición expresaron reservas sobre el impacto de la reforma en la independencia judicial.
Marcela Villatoro, de la fracción parlamentaria de ARENA, afirmó que el porcentaje del seis por ciento se incorporó tras los Acuerdos de Paz con el objetivo de garantizar autonomía frente a presiones políticas.
A su juicio, el cambio podría afectar el funcionamiento del sistema judicial, especialmente en áreas con alta carga de trabajo.
“Vamos a ver en el presupuesto del próximo año si es cierto que no les han disminuido”, señaló.
Por su parte, la legisladora de VAMOS, Cesia Rivas, cuestionó que la eliminación del porcentaje constitucional pueda traducirse en una reducción de recursos para los tribunales y advirtió que la independencia judicial “no puede estar condicionada” por decisiones presupuestarias del Legislativo o del Ejecutivo.
La reforma ratificada entrará en vigencia tras su publicación oficial y será aplicada en la formulación de los futuros presupuestos generales del Estado, en los que el Órgano Judicial deberá presentar sus requerimientos financieros ante la Asamblea Legislativa.



















