Por Redacción YSKL
La Asamblea Legislativa aprobó este jueves reformas a la Ley del Registro y Control Especial de Contribuyentes al Fisco, con las que se establece que el Número de Identificación Tributaria (NIT) será emitido de forma digital, gratuita y por medios electrónicos, eliminando la obligatoriedad de documentos físicos y los cobros asociados a su emisión, modificación o reposición.
La reforma faculta a la Dirección General de Impuestos Internos para que el registro y la emisión del NIT se realicen mediante plataformas digitales “con acceso desde cualquier parte del mundo”, incorporando mecanismos de verificación de identidad como la fotografía del rostro del contribuyente o de sus representantes legales, según lo dispuesto en el decreto aprobado.
Emisión digital y validez legal
Uno de los cambios centrales es que el NIT será emitido “universalmente de forma gratuita y digital”, manteniendo su carácter de número único y permanente.
La notificación al contribuyente se realizará mediante una “representación gráfica digital”, la cual tendrá plenos efectos legales y sustituirá la tarjeta física que se entregaba anteriormente.
Las reformas también contemplan que, en caso de errores u omisiones detectadas al momento de la emisión digital, el NIT pueda generarse nuevamente conservando el mismo número, así como la actualización de datos cuando se modifique la información del contribuyente dentro del sistema.
Eliminación de derechos fiscales
El decreto deroga el artículo que regulaba los derechos fiscales vinculados a la emisión, modificación o reposición del NIT, lo que implica la eliminación de los pagos que hasta ahora se exigían por estos trámites.
De acuerdo con el texto reformado, ya no se aplicarán cobros por la expedición del documento, independientemente de si el trámite se realiza dentro o fuera del país.
Lugares y medios de gestión del NIT
Aunque el proceso pasa a ser principalmente electrónico, la normativa mantiene referencias a los espacios desde los cuales históricamente se ha gestionado el NIT, ahora integrados al esquema digital:
- Dirección General de Impuestos Internos, como autoridad del sistema de registro.
- Representaciones diplomáticas y consulares de El Salvador en el exterior.
- Oficina Nacional de Inversiones, para trámites vinculados a inversionistas.
Estos lugares quedan incorporados como puntos de apoyo o verificación dentro del nuevo modelo de emisión digital, bajo coordinación del Ministerio de Hacienda.
Vigencia y disposiciones transitorias
Los NIT emitidos en forma física antes de la entrada en vigencia de la reforma conservarán su validez, siempre que mantengan el mismo número asignado.
No obstante, los contribuyentes podrán generarlos electrónicamente si así lo deciden.
La norma establece que deberán hacerlo de forma obligatoria aquellas personas que obtuvieron su NIT siendo menores de edad y que ya hayan alcanzado la mayoría de edad.
El decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, conforme a lo aprobado por el pleno legislativo.



















