Reforman Ley de Zonas Francas para ampliar incentivos y adecuar el régimen a la dinámica comercial

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Maquila. Imagen de referencia.
Maquila. Imagen de referencia.

Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa aprobó este martes, con dispensa de trámites, un conjunto de reformas a la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, a iniciativa del Ministerio de Economía.

Las modificaciones actualizan el marco legal que regula estos regímenes especiales, con énfasis en la ampliación de inversiones, la extensión de beneficios fiscales y la adecuación a la dinámica actual del comercio internacional.

Según lo aprobado, el decreto mantiene el enfoque de la normativa como instrumento para la atracción de inversión y generación de empleo, al tiempo que introduce ajustes en definiciones, requisitos de infraestructura, plazos de exenciones y condiciones para desarrollistas, usuarios de zonas francas y depósitos de perfeccionamiento activo (DPA).

Ajustes centrales al régimen de exenciones

Uno de los ejes de las reformas es la ampliación de los plazos de exenciones tributarias, condicionada a nuevas inversiones.

El decreto establece que tanto desarrollistas como usuarios podrán acceder a un plazo adicional de diez años de beneficios fiscales, siempre que acrediten incrementos sustanciales de inversión respecto a la inicial.

En el caso de los desarrollistas, se incorpora expresamente que podrán solicitar ese plazo adicional “en más de una ocasión”, siempre que cumplan nuevamente con los requisitos establecidos, incluyendo ampliaciones cuya superficie sea igual o superior a la existente al momento de la solicitud.

Para los usuarios de zonas francas y los DPA, se exige un aumento de inversión del 100 % y, en ciertos casos, un incremento equivalente en el número de empleos.

La normativa también precisa que los beneficios aplicarán de forma proporcional a la inversión, tanto para las sociedades como para sus socios o accionistas, respecto de utilidades o dividendos derivados de la actividad incentivada.

Definiciones y requisitos actualizados

Las reformas incorporan nuevas definiciones legales y modifican otras ya existentes.

Entre ellas, se redefine el concepto de Área Metropolitana de San Salvador conforme a la legislación de ordenamiento territorial vigente y se introduce la figura de “libre internación”, definida como la introducción de mercancías al territorio nacional exenta del pago de aranceles e impuestos a la importación.

Asimismo, se ajustan los porcentajes y la distribución de las áreas verdes obligatorias dentro o fuera de las zonas francas y los DPA, estableciendo criterios de compensación y remitiendo a las autorizaciones de las autoridades competentes en materia territorial y ambiental.

Elementos clave incorporados en el decreto

Entre los principales aspectos regulados en las reformas se incluyen:

  • Plazos adicionales de hasta diez años para exenciones fiscales, sujetos a nuevas inversiones.
  • Reglas específicas para ampliaciones, reducciones, traslados o cierre de operaciones, que deberán contar con autorización previa del Ministerio de Economía.
  • Detalle obligatorio, en los acuerdos de autorización, de los bienes no necesarios para la actividad incentivada, con su respectiva nomenclatura arancelaria.
  • Reconocimiento de usuarios de zonas francas instalados en parques de servicios como equivalentes a estar dentro de una zona franca.
  • Un período transitorio de gracia de dos años para adecuaciones e inversiones, manteniendo beneficios vigentes durante ese lapso.

Vigencia y disposiciones transitorias

El decreto establece un régimen transitorio que permite a desarrollistas, usuarios y DPA continuar gozando de los beneficios de la ley durante un período de gracia de dos años tras el vencimiento de sus acuerdos, con el fin de realizar las adecuaciones necesarias.

En caso de no concretarse las inversiones requeridas, deberán cancelar los impuestos y derechos que habrían correspondido sin el beneficio.

Las reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, conforme a lo aprobado por la Asamblea Legislativa.