Aprueban reforma para permitir contratación de docentes de formación artística del Ministerio de Cultura

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Por Redacción YSKL

Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron con dispensa de trámite una reforma a la Ley de Compras Públicas que permitirá incorporar a empleados del Ministerio de Cultura como docentes por horas clase en las escuelas de formación artística del Estado.

La modificación fue avalada mediante un decreto legislativo que adiciona un nuevo literal al artículo 3 de dicha normativa, el cual regula las exclusiones de su aplicación.

Con la reforma, se habilita la contratación de profesionales especializados en música, danza, artes plásticas, artes dramáticas y otras ramas artísticas, aun cuando ya cuenten con una plaza bajo la Ley de Salarios o bajo contratación de servicios personales en el Ministerio de Cultura.

Alcance de la modificación legal

Con la adición del literal p) al artículo 3, se excluye expresamente de la aplicación de la Ley de Compras Públicas la contratación de empleados del Ministerio de Cultura que, por su especialidad o formación artística, sean requeridos como docentes por horas clase.

El decreto establece que esta contratación será válida siempre que no se afecte el cumplimiento de la jornada laboral ni las obligaciones de la plaza que ya ostentan.

La disposición es aplicable tanto a personal con plazas compatibles como a quienes ocupan plazas regulares, ya sea bajo la Ley de Salarios o mediante contratación de servicios personales.

Justificación de la reforma

Según lo establecido en el decreto, la medida busca ampliar el acceso a la educación artística y cultural, considerando que el Ministerio de Cultura concentra a buena parte de los profesionales especializados en estas disciplinas, muchos de los cuales forman parte de elencos nacionales o laboran en dependencias de dicha cartera de Estado.

El documento señala que las escuelas de la Dirección Nacional de Formación en Artes enfrentan limitaciones para atender la demanda educativa, debido a que la Ley de Compras Públicas inhabilitaba la contratación de estos profesionales para impartir clases en horarios vespertinos o nocturnos, cuando ya cuentan con un vínculo laboral durante la jornada ordinaria.

Vigencia del decreto

Con esta modificación, el Legislativo amplía las exclusiones previstas originalmente en la Ley de Compras Públicas, que ya contemplaba casos específicos como convenios interinstitucionales, servicios financieros, adquisiciones estratégicas y contrataciones realizadas por entidades deportivas, entre otros supuestos.

El decreto aprobado establece que la reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.