Por Redacción YSKL
El Ministerio de Economía presentó ante la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma a la Ley de Procedimientos Administrativos para regular el tratamiento de documentos públicos emitidos en el extranjero y definir los casos en que no se exigirá legalización o apostilla.
La iniciativa, impulsada por la ministra de Economía, María Luisa Hayem, será estudiada por la Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno.
La propuesta plantea incorporar un artículo 4-A entre los artículos 4 y 5 de la normativa vigente, con el fin de establecer reglas específicas sobre la admisión de documentos extranjeros en trámites ante la Administración Pública.
Supresión de requisitos en operaciones comerciales y aduaneras
El nuevo artículo establece que “la Administración Pública no exigirá su legalización o apostilla” ni requerirá “copias autenticadas, copias impresas o con firma manuscrita” cuando los documentos públicos emanados en el extranjero “se refieran directamente a operaciones comerciales o aduaneras, incluyendo el registro de productos”.
También dispone que no se exigirá apostilla cuando existan mecanismos de verificación electrónica u otros medios de validación por parte de la entidad emisora, o cuando la autenticidad pueda comprobarse mediante normativa aplicable, convenios o acuerdos suscritos con entidades extranjeras.
La reforma señala que, en los casos en que una ley especial sí requiera legalización o apostilla y el documento no esté comprendido en las excepciones, la Administración deberá admitir el trámite sin la presentación inmediata del requisito, permitiendo que el interesado lo incorpore antes de la resolución definitiva.
Además, si la falta del documento pudiera afectar el interés público o los derechos del interesado, la institución podrá emitir una resolución provisional y otorgar un plazo máximo de diez días hábiles para presentar la legalización o apostilla.
De no cumplirse el plazo, la Administración podrá suspender o revocar dicha resolución.
Aspectos clave de la reforma propuesta:
- Incorporación del artículo 4-A sobre documentos emanados en el extranjero.
- Eliminación de apostilla y copias autenticadas en operaciones comerciales o aduaneras.
- Reconocimiento de mecanismos de verificación electrónica como medio válido.
- Admisión de trámites sin apostilla inmediata cuando una ley especial la exija.
- Posibilidad de resolución provisional con plazo de diez días hábiles para completar el requisito.
- Obligación de adecuación de procedimientos internos por parte de las instituciones públicas.
- Verificación del cumplimiento a cargo de la Corte de Cuentas de la República.
Fundamento legal y alcance
En los considerandos, la iniciativa cita el artículo 101 de la Constitución, que establece que el Estado promoverá el desarrollo económico y social mediante el incremento de la producción y la racional utilización de los recursos.
También hace referencia al Convenio de La Haya de 1961, del cual El Salvador es parte, que suprime la exigencia de legalización diplomática o consular de documentos públicos extranjeros y la sustituye por la apostilla, así como a las excepciones previstas en dicho instrumento, entre ellas las relativas a documentos administrativos vinculados directamente a operaciones comerciales o aduaneras.
La reforma sería aplicable a todos los procedimientos que corresponden a la Administración Pública, incluidas las actuaciones relacionadas con la selección de contratistas y las etapas del ciclo de compras públicas.
De aprobarse, el decreto entraría en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.


















