Diputados aprueban reforma que elimina apostilla en trámites comerciales y aduaneros

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Por Redacción YSKL

La Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno de la Asamblea Legislativa emitió este lunes dictamen favorable a una propuesta de reforma a la Ley de Procedimientos Administrativos, orientada a regular el tratamiento de documentos públicos emitidos en el extranjero y suprimir la exigencia de apostilla en determinados casos.

La iniciativa, presentada por el Ministerio de Economía, incorpora un artículo 4-A a la normativa vigente para establecer que la Administración Pública no exigirá legalización o apostilla cuando los documentos extranjeros “se refieran directamente a operaciones comerciales o aduaneras, incluyendo registros de productos”, y existan mecanismos de verificación electrónica u otros medios de validación.

La directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Martha Solís, explicó que la medida forma parte del proyecto de simplificación y digitalización de trámites que, según indicó, ha permitido la simplificación de más de 2,500 procedimientos.

El objetivo es “facilitar los trámites a los administrados, eliminando la exigencia de formalidades innecesarias”, señaló.

Alcances de la propuesta

El nuevo artículo establece que tampoco se requerirán copias autenticadas, impresas ni con firma manuscrita cuando la autenticidad pueda comprobarse mediante normativa aplicable, convenios o instrumentos de cooperación internacional.

La reforma también dispone que, cuando una ley especial exija apostilla y no apliquen las excepciones previstas, la institución deberá admitir el trámite sin la presentación inmediata del documento. Este podrá incorporarse antes de la resolución definitiva.

Solís explicó que la intención es que “el procedimiento inicie a pesar de que no se tenga en físico el documento con la apostilla”, lo que permitiría reducir tiempos de gestión.

En casos donde la falta del documento pueda afectar el interés público o derechos del interesado, la entidad podrá emitir una resolución provisional y otorgar un plazo de hasta diez días hábiles para presentar la legalización correspondiente.

De no cumplirse el plazo, la resolución podrá suspenderse o revocarse.

Aspectos centrales de la reforma:

  • Incorporación del artículo 4-A sobre admisión de documentos públicos extranjeros.
  • Supresión de apostilla y copias autenticadas en operaciones comerciales o aduaneras bajo ciertos supuestos.
  • Reconocimiento de mecanismos de verificación electrónica como medio válido.
  • Posibilidad de iniciar trámites sin apostilla inmediata cuando una ley especial la exija.
  • Facultad de emitir resolución provisional con plazo de hasta diez días hábiles.
  • Supervisión del cumplimiento a cargo de la Corte de Cuentas de la República.

En los considerandos, la propuesta cita un artículo de la Constitución sobre la promoción del desarrollo económico y hace referencia al Convenio de La Haya de 1961, que regula la apostilla y contempla excepciones para documentos vinculados a operaciones comerciales o aduaneras.

De ser aprobada por el pleno legislativo, la reforma entraría en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.