Por Redacción YSKL
El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) presentó ante la Asamblea Legislativa una propuesta de reformas a la “Ley Especial para la Comercialización, Registro y Protección de la Propiedad del Café”, con el objetivo de modificar disposiciones relacionadas con registros, exportaciones, controles y sanciones dentro de la cadena productiva cafetalera.
La iniciativa será analizada por la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente del órgano legislativo, instancia que estudiará el contenido del anteproyecto antes de emitir un dictamen.
Las modificaciones planteadas abarcan diversos artículos de la normativa vigente e incluyen cambios en las obligaciones de los actores del sector, los procedimientos para registrar contratos de exportación, el manejo de información estadística y la clasificación de infracciones.
Cambios en registros y control de la cadena cafetalera
La propuesta amplía el alcance de la ley para incluir a más actores que participan en la producción y comercialización del café.
El texto reformado establece que la normativa se aplicará a “las personas naturales o jurídicas que intervienen en los procesos de producción de semillas, producción de plantas, producción agrícola, transformación y comercialización del café”.
También se incorpora de forma expresa a semilleristas y viveristas entre los sujetos obligados a registrarse en el Instituto Salvadoreño del Café (ISC), entidad encargada de ejecutar la ley.
Además, el proyecto establece que toda persona que transporte café en distintos estados de procesamiento, ya sea propio o de terceros, deberá someterse a las regulaciones establecidas en la normativa.
Aspectos que modificaría la reforma
La iniciativa incluye cambios en diferentes áreas de regulación del sector cafetalero.
Entre los principales puntos planteados se encuentran:
- Ampliación de los actores obligados a registrarse ante el Instituto Salvadoreño del Café.
- Ajustes en los requisitos y plazos para registrar contratos de venta externa de café.
- Cambios en los informes periódicos que deben presentar los participantes de la cadena productiva.
- Modificaciones en los procedimientos de exportación y generación de permisos.
- Actualización de las infracciones administrativas aplicables al sector.
Modificaciones en contratos de exportación
El anteproyecto también plantea cambios en la información que deben contener los contratos de venta externa de café y en los plazos para su registro.
La propuesta indica que los contratos deberán incluir datos como el peso neto del café, el año de la cosecha, la calidad, la preparación, la marca del exportador, el mes de embarque y el precio con detalle de incoterm.
Además, se establece que los exportadores deberán inscribir estos contratos ante el Instituto Salvadoreño del Café.
El proyecto también modifica el plazo para notificar dichos contratos al instituto, ampliándolo a diez días hábiles después de su firma, en lugar del período menor establecido en la normativa actual.
Cambios en informes y control de operaciones
La reforma propone nuevas disposiciones sobre la información que los actores del sector deben reportar al Instituto Salvadoreño del Café.
Entre ellas, se incluye la obligación de que beneficiadores, pergamineros, intermediarios y exportadores informen mensualmente sus operaciones, detallando aspectos como cantidades recibidas, compras y ventas internas, transferencias de café y existencias.
Asimismo, el proyecto establece que el instituto podrá “realizar las revisiones y validaciones necesarias de la información reportada… para fines estadísticos, de estudio, entre otros”.
También se plantean cambios en los plazos para reportar costos de transformación y otros datos al cierre de cada año cafetalero.
Clasificación de infracciones
La propuesta modifica el artículo relacionado con las infracciones administrativas dentro del sector cafetalero y mantiene la clasificación en leves, graves y muy graves.
Entre las infracciones leves se incluye no presentar los informes requeridos dentro de los plazos establecidos.
Las infracciones graves contemplan situaciones como no proporcionar información requerida por el instituto o registrar fuera de plazo los contratos de venta externa.
Conductas consideradas muy graves
- Realizar operaciones de compra o venta de café sin que las partes estén registradas en el ISC.
- Efectuar ventas superiores a la capacidad real de producción registrada de la finca.
- Recibir insumos o beneficios estatales con base en información falsa o alterada.
Procedimientos de exportación y control de transporte
La iniciativa también introduce cambios en los procedimientos relacionados con la exportación y el transporte del café.
Entre ellos se plantea que el sistema del Instituto Salvadoreño del Café genere el mandamiento de pago de tributos y que los permisos de exportación puedan emitirse en un plazo máximo de tres días hábiles.
Asimismo, se propone que, cuando una persona transporte café sin la documentación correspondiente o con inconsistencias, la autoridad policial pueda decomisar el producto y coordinar su traslado al beneficio más cercano mientras se determina la responsabilidad administrativa.
Trámite legislativo
La propuesta forma parte de las iniciativas presentadas para modificar la legislación vigente sobre la caficultura salvadoreña, aprobada en 2024.
El anteproyecto será analizado por la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente de la Asamblea Legislativa, que deberá evaluar su contenido antes de decidir si emite un dictamen para su discusión en el pleno.
De aprobarse el decreto, las reformas entrarían en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.















