Por Redacción YSKL
La Asamblea Legislativa aprobó este martes una reforma a la Ley Especial de Migración y de Extranjería, que introduce modificaciones en los requisitos de permanencia para residentes temporales, el procedimiento para que hijos de personas naturalizadas obtengan la nacionalidad salvadoreña y las causales de pérdida de la nacionalidad por naturalización.
Durante el estudio de la propuesta, los diputados de la Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno incorporaron que la pérdida de la nacionalidad por condena judicial aplique específicamente a “delitos dolosos graves”, con el fin de armonizar la normativa.
La propuesta fue presentada por la Dirección General de Migración y Extranjería. Su gerente de Extranjería, Eleonora Elizabeth de Marroquín, explicó que responde a cambios en la dinámica migratoria.
“Esta iniciativa surge (…) porque la migración ha ido cambiando, y es por eso que nosotros tenemos que ir ajustando nuevos procedimientos”, afirmó.
También señaló que la legislación actual presenta vacíos. “No tenemos establecido un procedimiento claro y específico”, indicó.
Cambios en la permanencia de residentes temporales
Uno de los ejes de la reforma modifica los artículos 49 y 119, estableciendo que los extranjeros con residencia temporal deberán permanecer al menos 90 días calendario al año en el país, ya sea de forma consecutiva o acumulada.
Según la funcionaria, el ajuste responde al perfil actual de quienes solicitan residencia.
“Ahora la mayoría son personas de negocios (…) necesitan moverse con más frecuencia”, explicó.
Aspectos principales de la reforma:
- Permanencia mínima de 90 días al año para residentes temporales
- Inclusión de “delitos dolosos graves” como causal de pérdida de nacionalidad
- Procedimiento para hijos de personas naturalizadas
- Creación de un proceso específico para pérdida de nacionalidad
Nacionalidad para hijos de personas naturalizadas
La reforma también modifica el procedimiento para que hijos menores de 18 años nacidos en el extranjero, antes de que sus padres se naturalicen, puedan obtener la nacionalidad salvadoreña mediante solicitud.
Al alcanzar la mayoría de edad, deberán confirmar su voluntad de mantenerla.
“Se busca (…) que los niños puedan (…) ser extensiva la nacionalidad que sus padres obtengan”, explicó Marroquín, al referirse a la armonización con la Ley Crecer Juntos.
Causales y procedimiento de pérdida de nacionalidad
El decreto incorpora un procedimiento para aplicar las causales de pérdida de nacionalidad por naturalización, limitadas a lo establecido en la Constitución.
Entre estas se incluyen la residencia prolongada fuera del país y condenas judiciales.
“Es necesario (…) establecer un procedimiento especial (…) para realizar la pérdida de oficio”, señaló la funcionaria.
La normativa también establece que, en caso de pérdida por sentencia judicial, esta no podrá ser recuperada.
El decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
















