Por Redacción YSKL
El Ministerio de Turismo (MITUR) presentó ante la Asamblea Legislativa una iniciativa de “Ley de Alianzas Público Privadas” que incorpora la figura de proyectos de iniciativa privada y establece incentivos para quienes los propongan, incluyendo participación en licitaciones y un puntaje adicional en la evaluación económica.
La iniciativa plantea que cualquier persona jurídica, nacional o extranjera, podrá presentar proyectos para desarrollarse bajo esquemas de Alianzas Público Privadas (APP), siempre que no hayan sido previamente sometidos.
Estas propuestas deberán incluir información del proponente, descripción del proyecto y un análisis de viabilidad a nivel de prefactibilidad.
Tras su admisión, el proyecto podrá avanzar a una fase de evaluación institucional. En este proceso, se contempla que el proponente pueda participar posteriormente en la licitación pública en igualdad de condiciones con otros ofertantes, pero con un incentivo adicional.
Según el anteproyecto, este incentivo consiste en “el otorgamiento de entre el 5% al 15% de puntaje en la evaluación de la oferta económica”, como reconocimiento a la presentación de la iniciativa.
Además, en caso de empate en la evaluación final, “se adjudicará preferentemente al proponente de la iniciativa privada”.
Evaluación y declaratoria de interés público
El documento establece que las propuestas serán sometidas a un análisis de admisibilidad en un plazo máximo de 10 días.
Si cumplen los requisitos, la Dirección de Alianzas Público Privadas (DAPP), entidad que sería creada con la aprobación de dicha legislatura, podrá emitir una declaratoria de interés público, con base en criterios como viabilidad, beneficios y coherencia con áreas priorizadas.
El anteproyecto aclara que esta declaratoria “no implicará el reconocimiento de un derecho a favor del proponente”, sino únicamente una manifestación de interés del Estado en el proyecto.
Una vez emitida esta declaratoria, la propuesta, incluyendo estudios, pasa a ser propiedad de la entidad contratante, a cambio de los beneficios establecidos en la ley o un eventual reembolso.
Elementos del proceso de iniciativa privada:
- Presentación del proyecto con estudio de prefactibilidad
- Revisión de admisibilidad por la entidad contratante
- Declaratoria de interés público por la DAPP
- Elaboración del estudio de factibilidad
- Aprobación o rechazo del estudio
- Convocatoria a licitación pública
- Participación del proponente con incentivo en la evaluación
Estudios, licitación y adjudicación
El proponente deberá desarrollar un estudio de factibilidad en un plazo de hasta un año. Posteriormente, la DAPP tendrá hasta veinte días para aprobarlo o rechazarlo.
Una vez aprobado, la entidad contratante deberá convocar a licitación pública en un plazo máximo de un año, prorrogable por seis meses.
El anteproyecto también contempla que, en casos excepcionales, los proyectos puedan adjudicarse sin licitación pública, cuando no exista competencia, se trate de soluciones innovadoras o se considere indispensable por sus beneficios sociales o económicos.
Reembolso y desistimiento
Si el proponente no resulta adjudicado, el ganador del contrato deberá reembolsar los costos de los estudios, en un plazo máximo de un año tras la firma del contrato.
No obstante, este reembolso no aplicará si el proponente desiste o no participa en la licitación.
Asimismo, el documento establece que el proponente puede retirarse del proceso en cualquier momento, y si no presenta el estudio de factibilidad en el plazo fijado, se considerará que ha desistido de la iniciativa.
Alcance de la normativa
La propuesta de ley busca regular la participación conjunta del Estado y el sector privado en proyectos de infraestructura y servicios públicos, incluyendo etapas como diseño, construcción, operación y mantenimiento.
El texto también detalla que las APP podrán aplicarse sobre bienes del Estado y que estarán habilitadas entidades como el Órgano Ejecutivo, instituciones autónomas y municipalidades.
En los considerandos, se señala que la normativa busca actualizar el marco legal existente para “facilitar el desarrollo” de estos proyectos bajo principios como transparencia, eficiencia y sostenibilidad.


















