Aprueban crear normativa que contempla la creación de CIPLAFT y deroga Ley contra Lavado de Dinero y de Activos

0
99
Foto: Cortesía.
Foto: Cortesía.

Por Redacción YSKL

Los diputados de la Comisión de Seguridad y Combate a la Narcoactividad de la Asamblea Legislativa emitieron un dictamen favorable este jueves, a un proyecto de Ley para la Prevención, Control y Sanción de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y de Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

Con la entrada en vigencia de dicha normativa, se derogaría la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos.

El objetivo de nueva legislación es la prevención, detección, vigilancia, control, seguimiento, investigación, erradicación y sanción del lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva.

Las medidas se basan en las 40 recomendaciones brindadas por el Grupo de Acción Financiera (GAFI).

En el anteproyecto de ley, se comprende la creación del Comité Interinstitucional para la Prevención, Control y Represión del Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (CIPLAFT), el cual estará encargado de crear las políticas a nivel nacional que, posteriormente, serán implementadas interinstitucionalmente.

Dicho comité estará conformado por el Fiscal General de la República; el Presidente de la Corte Suprema de Justicia; el Ministro de Justicia y Seguridad Pública; el Ministro de Hacienda; el Ministro de la Defensa Nacional; el Ministro de Economía; Presidente del Banco Central de Reserva; y el Superintendente del Sistema Financiero.

Según indicó el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Rodolfo Delgado, también se comprende una disminución en cuanto a la cantidad de “sujetos obligados” que deberán emitir reportes de operación sospechosa hacia la Unidad de Investigación Financiera (UIF).

“Básicamente, quedan contemplados dentro de los sujetos obligados, solamente aquellos sectores que representan verdaderamente un riesgo en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo”, aseguró Delgado.

Entre los catalogados como “sujetos obligados” se  “exceptúa” al Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), el Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP), el Instituto de Garantía de Depósitos (IGD) y las sociedades especializadas en la prestación de servicios de información de créditos que operen en El Salvador.

“En todo lo no regulado en la presente Ley, en materia administrativa, será aplicable la Ley de Procedimientos Administrativos. Asimismo, serán aplicables a la presente ley las normas y procedimientos contenidas en los Códigos Penal y Procesal Penal y demás disposiciones legales en lo que no contraríen su texto”.

En caso de ser aprobado, el decreto entrará en vigencia quince días después de su publicación en el Diario Oficial.