Exprecandidata de NI que no logró quedar en las internas de su partido, logra la inscripción en contienda legislativa con PCN

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Por: Redacción YSKL

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha dado por finalizada la mayoría de inscripciones de candidatos a Diputados de la República, que competirán en las elecciones 2024.

El pasado martes, el TSE publicó un listado de los candidatos en contienda del PCN por el Departamento de Santa Ana, el cual destaca Yesenia Hernández, pues la aspirante política buscó este mismo año la fórmula, pero en otro instituto político: Nuevas Ideas.

Tras darse por concluidas todas las posibles subsanaciones, el PCN logró inscribir la planilla de Santa Ana, que encabeza el nombre de Hernández. Para la Jefa de Anticorrupción y Justicia de Cristosal, Ruth Eleonora López, el no revisar este tipo de antecedentes constituye un fraude al elector por parte de los Magistrados del ente electoral ya que la ahora candidata intentó correr por el partido oficialista, pero, al mismo tiempo, acarreaba otro señalamiento porque previamente fungió un cargo público como Concejala en la Alcaldía de San Salvador, bajo la bandera del PDC. 

“Solo les recuerdo que sobre esto ya hay jurisprudencia (y a pesar de eso para 2021 TSE inscribió 2 casos que constituyen fraude al elector). Ver sentencia en Amparo 410-2020 y seguimiento de 20 de nov de 2020 de Inc 10-2011”, aseveró al principio la abogada López.

Se comprende que se ha cometido fraude al elector cuando “una persona compite dentro de las elecciones internas de un partido político y, al no ser elegida, decide participar como precandidato en otro partido político o como candidato no partidario, logrando finalmente una candidatura”, cita la sentencia en Amparo.

En diciembre de 2020, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) notificó sobre la inhabilitación de la candidatura de Hernández, quien era aspirante a diputada por el partido de Nuevas Ideas, por tratarse una denuncia transfuguismo.

Según confirmaron magistrados de Tribunal, esta resolución corresponde a la sentencia de la Sala de lo Constitucional en la que prohibió a los funcionarios en cargos de elección popular, no pueden renunciar a su partido para pasarse a otro instituto político.

La referida sentencia del Máximo Tribunal tuvo lugar en el 2014, a raíz de esto se reformó el Código Electoral en su artículo 226 A, sobre la sanción y efectos del transfuguismo.