Por Redacción YSKL
La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, con 57 votos a favor, la Ley de Energía Geotérmica, presentada por el Ministerio de Economía, que plantea un marco legal para la prospección, exploración y explotación de recursos geotérmicos en El Salvador.
La normativa tiene por finalidad, ampliar la generación de energía renovable y atraer inversión privada.
El director de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM), Daniel Álvarez, explicó que el objetivo es regular todas las etapas del aprovechamiento del recurso, “desde identificar zonas con potencial hasta su explotación a largo plazo”.
Además, destacó que la normativa “busca incentivar la inversión privada en geotermia para usos directos y generación de energía eléctrica”.
Beneficios e incentivos fiscales
El decreto establece exenciones de derechos arancelarios e impuesto sobre la renta por un período de 10 años, entre otros beneficios fiscales, aplicables a inversionistas nacionales o extranjeros que no tengan obligaciones tributarias pendientes.
El Ministerio de Hacienda deberá resolver las solicitudes en un plazo máximo de 45 días hábiles y la resolución deberá publicarse en el Diario Oficial.
La Dirección General de Impuestos Internos y la Dirección General de Aduanas estarán a cargo de la vigilancia fiscal, en coordinación con la DGEHM.
Proceso y atribuciones
La DGEHM será la encargada de otorgar permisos de prospección por hasta 12 meses prorrogables, autorizar exploraciones en áreas de hasta 50 km² por un período de tres años y gestionar concesiones de explotación hasta por 30 años, que requerirán aprobación legislativa conforme a la Constitución.
Álvarez señaló que el mecanismo contempla tres vías: iniciativa pública con licitación, iniciativa privada con solicitud de concesión e iniciativa estatal por interés nacional.
Régimen sancionador
El proyecto clasifica las infracciones en graves y muy graves.
- Entre las graves: no inscribir proyectos en el registro, realizar prospecciones sin permiso, incumplir la entrega de informes o explotar recursos sin autorización para usos directos.
- Entre las muy graves: explotar recursos sin concesión, generar energía sin estar inscrito, incumplir plazos de operación, aumentar capacidad sin autorización, negar información a la autoridad o no reportar fallas técnicas.
Las sanciones establecen multas de entre 5,000 y 10,000 salarios mínimos mensuales del sector industria, además de eventuales responsabilidades penales o civiles.
Disposiciones finales
También se dispone que quienes ya desarrollan actividades de explotación deberán inscribirse en el Registro de Geotermia de la DGEHM, mientras que las instituciones públicas con información relacionada deberán entregarla a la Dirección en un plazo de seis meses tras la entrada en vigor de la Ley.
Finalmente, se establece que el Presidente de la República aprobará el reglamento de aplicación, y entrará en vigor 180 días después de su publicación en el Diario Oficial.