Comisión de Derechos Humanos presenta caso contra El Salvador por «detención arbitraria» de guatemaltecos que eran requeridos por la justicia estadounidense: capturas datan de 2006

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Foto: Cortesía.
Foto: Cortesía.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) un caso contra El Salvador, por la «detención arbitraria y violación de derechos» de Álvaro Agustín Mejía, Juan del Cid Morales y Erik Donaire Constanza Bran, de nacionalidad guatemalteca.

La CIDH alega que la detención y el posterior traslado de las víctimas a Estados Unidos se realizaron sin orden judicial ni un proceso de extradición legal, violando sus derechos fundamentales.

Según la petición original, presentada ante la CIDH el 17 de octubre de 2008, los hechos ocurrieron en septiembre de 2006. En esa fecha, Mejía, Del Cid Morales y Donaire Constanza Bran viajaron de Guatemala a San Salvador para una reunión de negocios. Durante su visita, fueron interceptados por aproximadamente 30 agentes de la Policía Nacional Civil salvadoreña, quienes los detuvieron sin orden judicial y sin dar ninguna explicación.

«Posteriormente, las víctimas fueron trasladadas a un estacionamiento, donde un agente de la Agencia de Administración de Control de Drogas (DEA) de Estados Unidos les daba instrucciones a los policías. Luego, los llevaron en vehículos sin identificación a un aeropuerto con apariencia de base militar. Ese mismo día, fueron subidos a un avión de la DEA y trasladados a Fort Lauderdale, Florida. Durante el trayecto, sufrieron amenazas y malos tratos, y se les negó la comunicación con sus familias o con la Embajada de Guatemala», reza parte del escrito.

Documentos judiciales de la Corte del Distrito de Columbia en Estados Unidos confirmaron que la operación fue una acción coordinada entre la DEA y la Policía salvadoreña. A pesar de esto, El Salvador afirmó no tener registros oficiales de la detención. La denuncia por privación de libertad, presentada en septiembre de 2006 por un familiar, nunca fue respondida, consta en el acta del caso 13.337 que promueve la comisión.

Hallazgos de la CIDH

En su Informe de Admisibilidad y Fondo 148/23, la CIDH corroboró los hechos con base en documentos del expediente, registros judiciales de Estados Unidos y notas de prensa. La Comisión concluyó que la detención se realizó de manera arbitraria, sin orden judicial ni situación de flagrancia.

La CIDH también destacó que a las víctimas no se les informó sobre las razones de su arresto ni se les permitió contactar a funcionarios consulares, lo que vulneró sus derechos. Además, el Estado no les garantizó la posibilidad de comunicarse con un abogado o con sus familias, dejándolos en un estado de indefensión. La Comisión subrayó que la denuncia presentada en 2006 no fue investigada de manera diligente, lo que constituye una violación del debido proceso y del deber del Estado de investigar los hechos.

Finalmente, la CIDH determinó que la entrega de las víctimas a la DEA no se realizó bajo un proceso de extradición legal. Al no existir una decisión motivada ni un proceso judicial con garantías, las víctimas no tuvieron la oportunidad de defenderse o de apelar la medida.

Responsabilidad y reparaciones

La Comisión Interamericana concluyó que El Salvador «es responsable de la violación de los derechos a la libertad personal, garantías judiciales, libertad de circulación y residencia, y protección judicial de las víctimas» y toman con referente la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

Como resultado, la CIDH ha solicitado a la Corte Interamericana que ordene las siguientes medidas de reparación:

  • Compensación: Reparar de forma integral a las víctimas a través de medidas de compensación económica y de satisfacción.
  • Atención a las víctimas: Ofrecer atención en salud física y mental para su rehabilitación.
  • Justicia: Iniciar o reabrir una investigación penal para esclarecer los hechos, identificar a los responsables y sancionarlos.
  • Capacitación: Capacitar a las autoridades y funcionarios salvadoreños sobre el debido proceso, las garantías y la protección judicial en procedimientos de extradición, de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos.