Por Redacción YSKL
El ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en calidad de Encargado del Despacho del Ministerio de Economía, presentó ante la Asamblea Legislativa la iniciativa “Ley de Fondos de Inversión Privados Alternativos” (PAIF), que establece un marco regulatorio para estos instrumentos financieros y define las condiciones bajo las cuales podrían estar exentos del Impuesto sobre la Renta.
Según el artículo 60 del proyecto, los PAIF estarían exentos del pago de Impuesto sobre la Renta respecto de utilidades, dividendos, regalías, rentas, ingresos, ganancias de capital y cualquier tipo de beneficio económico generado en sus operaciones.
Esto incluye los montos recibidos por los fondos que inviertan en otros PAIF, que también quedarían libres de retenciones fiscales.
Las Sociedades de Inversión de Capital Fijo (SICAF), estructuras mediante las cuales algunos PAIF se constituyen, no estarán obligadas a declarar ni a enterar pagos a cuenta del impuesto sobre la renta, excepto en ciertos casos:
- Los PAIF autónomos deberán aplicar retención de Impuesto sobre la Renta a su personal técnico y administrativo cuando sus remuneraciones mensuales sean igual o inferiores a $100,000 dólares. Las cantidades que excedan este límite no estarán sujetas a retención.
- Los pagos de rentas, dividendos o ganancias a inversionistas no estarán sujetos a retención cuando las sumas sean igual o superiores a un millón de dólares.
El proyecto especifica que los beneficios fiscales no podrán combinarse con otros regímenes tributarios. La vigilancia y control del régimen fiscal será ejercida por el Ministerio de Hacienda, que podrá emitir resoluciones para aclarar la aplicación de estas disposiciones.
Características de los PAIF y sociedades administradoras
- Dirigidos exclusivamente a inversionistas sofisticados, definidos como personas con experiencia, conocimientos y capacidad para evaluar riesgos, que inviertan un mínimo de $250,000 dólares.
- Podrán operar mediante sociedades administradoras o SICAF, con capital social mínimo de $10 millones de dólares, pagado totalmente en efectivo.
- Los PAIF son patrimonios independientes de las sociedades administradoras y podrán invertir en diversos activos, incluidos activos digitales regulados.
- Las sociedades administradoras deberán contar con sistemas de gestión de riesgos, controles internos y garantías de al menos $500,000 dólares o 1% de los activos del fondo, hasta un máximo de un millón de dólares por fondo.
Supervisión y normas técnicas
El Banco Central de Reserva emitirá normas técnicas sobre traslado, liquidación y disolución de los PAIF, así como requerimientos de remisión de información financiera.
Por su parte, la Superintendencia del Sistema Financiero supervisará el cumplimiento de la ley y de las normas técnicas, aplicando una supervisión proporcional a la naturaleza de los fondos y a sus inversionistas sofisticados.
Sanciones y disposiciones finales
- Incumplimientos serán sancionados por la Superintendencia, mientras que responsabilidades civiles, administrativas o penales serán atendidas por autoridades competentes.
- Uso indebido de la denominación “Sociedad Administradora de PAIF” podrá generar multas de 500 a 1,000 salarios mínimos urbanos del sector comercio.
- La ley contempla que la supervisión y autorización de fondos alternativos podrá aplicarse incluso antes de la emisión de normas técnicas, con base en las disposiciones establecidas en el proyecto.
De ser aprobada, la norma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Contexto constitucional y económico
El proyecto fundamenta su necesidad en la Constitución, que establece la promoción del desarrollo económico y social, la libertad económica y la protección de la iniciativa privada.
También se toma en cuenta la Ley de Fondos de Inversión vigente desde 2014 y el crecimiento hacia un sistema financiero más sofisticado con múltiples alternativas de inversión para distintos perfiles de riesgo.
El objetivo final es que los PAIF funcionen como vehículos de inversión sofisticados para atraer grandes capitales hacia la economía salvadoreña, ofreciendo beneficios fiscales específicos bajo un marco regulatorio supervisado.
