Por: Redacción YSKL
Este martes, la Asamblea Legislativa, aprobó el dictamen de la Comisión de Hacienda que contiene una normativa para establecer de forma permanente el pago anticipado del aguinaldo para cuotas alimenticias y de la Pensión de Navidad para jubilados.
Los legisladores acordaron reformar el Decreto Legislativo 140 de 1997, y la Ley Integral del Sistema de Pensiones, dando carácter definitivo a disposiciones que fueron aplicadas de manera temporal este año con resultados exitosos.
La primera reforma busca autorizar de manera permanente que las instituciones públicas y privadas realicen la retención del 30% del aguinaldo o compensación económica de los empleados obligados a pagar pensiones alimenticias.
Esta retención podrá realizarse anualmente entre el 20 de octubre y el 1 de diciembre y permitirá que los hijos o dependientes reciban el aporte adicional del aguinaldo con antelación.
En cuanto a la Ley Integral del Sistema de Pensiones, las enmiendas establecerían que la Pensión de Navidad y el Beneficio Adicional Anual para los jubilados del sistema público y privado se paguen en el periodo comprendido entre el 20 de octubre y los primeros cinco días hábiles de diciembre de cada año.
Ambas medidas se implementaron temporalmente durante el presente año y generaron resultados positivos, según los diputados.



















