MOP propone normativa legal para atender familias afectadas por obras de infraestructura

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Foto: Cortesía.
Foto: Cortesía.

Por: Redacción YSKL

El Ministro de Obras Públicas y de Transporte, ha presentado a la Asamblea Legislativa un proyecto de Decreto que establece Disposiciones Especiales y Transitorias para la ejecución del “Proyecto de Transporte e Infraestructura Resiliente de El Salvador”.

El proyecto establece un presupuesto de $270 millones de dólares, provenientes de dos Contratos de Préstamo con el BIRF: el inicial No. 9602-SV por $150 millones de dólares y un financiamiento adicional No. 9836-SV por $120 millones de dólares.

Un componente de la ley es la atención a las familias afectadas por las intervenciones de infraestructura, como la planeada construcción y supervisión del By Pass de Apopa y puentes en la zona norte del Área Metropolitana de San Salvador.

La ley otorga facultades expresas al Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT) como la entidad ejecutora, permitiéndole suscribir todos los instrumentos jurídicos necesarios para la ejecución del proyecto. Crucialmente, el MOPT estará a cargo de implementar un Plan de Reasentamiento Involuntario (PRI), alineado con la legislación nacional y las normas ambientales y sociales del Banco Mundial, en particular la Norma EAS5.

Este plan garantiza la debida compensación, mitigación y el restablecimiento de las condiciones de vida de las familias involucradas.

En el ámbito social y habitacional, el decreto declara de interés social los proyectos de vivienda que se ejecuten bajo el PRI. El MOPT queda facultado para adquirir inmuebles y transferirlos en donación al Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), el cual, a su vez, los transferirá a título gratuito a las familias reasentadas.

Como una medida de protección patrimonial y para asegurar el destino social de la vivienda, se establece una prohibición de veinte años para que las familias beneficiarias constituyan gravámenes o transfieran el dominio de la propiedad. Además, la inscripción de los derechos de propiedad de estos inmuebles estará exenta del pago de derechos registrales y catastrales.