Por Redacción YSKL
Con 57 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles reformas a la Ley de Fomento, Protección y Desarrollo para la Micro y Pequeña Empresa (MYPE), con el objetivo de actualizar el marco legal que regula a este sector y adecuarlo a las condiciones actuales de la economía.
La propuesta, que previamente recibió dictamen favorable de la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión, incorpora cambios en la clasificación de las empresas, en los mecanismos de pago a proveedores del Estado y en la integración de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE).
El presidente de CONAMYPE, Paul Steiner, señaló que la reforma busca integrar a la legislación elementos que ya forman parte de la política pública para el desarrollo del sector.
“Este es el momento de comenzar a ir limpiando la ley e integrarle los temas de la política pública, enfocándonos en formalización y en desarrollo económico local”, afirmó.
Nueva clasificación para micro y pequeñas empresas
Uno de los cambios incluidos en la reforma es la actualización de los parámetros utilizados para clasificar a las micro y pequeñas empresas, con base en sus ingresos anuales y número de trabajadores.
Según la normativa reformada, la microempresa será aquella que registre ventas anuales de hasta 500 salarios mínimos del sector comercio y servicios y tenga hasta 10 trabajadores.
Subcategorías dentro de la microempresa:
- Subsistencia: hasta 57 salarios mínimos anuales y máximo dos trabajadores.
- Acumulación: más de 57 y hasta 300 salarios mínimos, con entre tres y cuatro trabajadores.
- Expansión: más de 300 y hasta 500 salarios mínimos, con entre cinco y diez trabajadores.
En el caso de la pequeña empresa, la reforma establece que será aquella con ingresos superiores a 500 y hasta 5,000 salarios mínimos anuales y con entre 11 y 50 empleados.
Steiner explicó que esta diferenciación permitirá diseñar políticas más específicas para cada tipo de empresa.
“Las necesidades de cada tipo de empresa son muy distintas”, indicó.
Intereses por pagos tardíos del Estado
La reforma también incorpora disposiciones relacionadas con los plazos de pago a micro y pequeñas empresas que provean bienes o servicios al Estado.
El proyecto mantiene el plazo máximo de 30 días para cancelar facturas, pero establece que, si una institución pública no realiza el pago dentro de ese período, deberá reconocer intereses legales sobre el monto adeudado.
Según Steiner, esta medida responde a situaciones en las que los retrasos en los pagos afectan la operación de las empresas.
“Hay empresas que quiebran porque no les pagan a tiempo”, señaló.
Cambios en la Junta Directiva de CONAMYPE
Otro de los ajustes aprobados modifica la integración de la Junta Directiva de CONAMYPE.
Entre los cambios se incluye la incorporación del Ministerio de Hacienda como miembro permanente del órgano, mientras que se elimina la participación de un representante de las universidades legalmente acreditadas.
De acuerdo con Steiner, la inclusión de Hacienda responde al enfoque de la política pública en el proceso de formalización empresarial.
“Cada vez nos estamos enfocando más en el tema de formalización”, explicó.
Debate sobre enfoque de género
Durante el análisis de la reforma en la Comisión legislativa, la diputada suplente de VAMOS, Cesia Rivas, planteó inquietudes sobre la eliminación de algunas referencias explícitas a mujeres en artículos de la ley.
La legisladora señaló que la normativa anterior incluía disposiciones relacionadas con la promoción del emprendimiento femenino y el principio de igualdad de género.
Steiner respondió que la reforma busca centrar la normativa en las unidades productivas.
“Esta es una ley dirigida a la empresa, no a un género”, expresó.
El funcionario añadió que los programas dirigidos a mujeres empresarias continuarán ejecutándose a través de iniciativas institucionales.















